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Consejo de Estado aprueba y modifica liquidación de crédito en proceso ejecutivo laboral contra UGPP

Proviene de: Sentencias

18 de septiembre de 2025 15:39:58

Providencia proferida por el Consejo de Estado en segunda instancia

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en segunda instancia, a través de la Subsección “A” de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, emitió un auto relevante en el marco de un proceso ejecutivo laboral contra la UGPP. La providencia judicial, fechada el 13 de diciembre de 2024, resuelve modificar y aprobar la liquidación del crédito reclamada por la parte ejecutante, conforme a los parámetros legales y las sentencias que fundamentan el proceso.

Antecedentes fácticos y procesales

El proceso se originó a partir de una demanda ejecutiva interpuesta en contra de la UGPP, antes conocida como Caja Nacional de Previsión Social (CAJANAL), con el fin de obtener el pago de diferencias en la pensión de jubilación y los intereses correspondientes. La parte ejecutante solicitó el libramiento de mandamientos de pago por la suma de más de 300 millones de pesos, además de intereses corrientes y moratorios causados desde fechas determinadas por las sentencias que sirvieron de título ejecutivo. Las sentencias iniciales, dictadas en 2005 y confirmadas en 2006 por el Consejo de Estado, ordenaron la reliquidación de la pensión mensual vitalicia de vejez teniendo en cuenta la totalidad de los factores salariales devengados durante los últimos seis meses de servicio, incluyendo el valor certificado y exceptuando las vacaciones reportadas. En cumplimiento de dichas sentencias, la UGPP efectuó una reliquidación y un pago inicial, pero la parte ejecutante alegó que existían diferencias no pagadas, motivo por el cual se continuó con la ejecución. Posteriormente, el...

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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