Propósito y ámbito de la Ley 2544 de 2025
La Ley 2544, sancionada el 19 de septiembre de 2025 y publicada en el Diario Oficial No. 53.249, tiene como propósito principal reconocer y exaltar el Festival Internacional de la Cultura (FIC) del departamento de Boyacá como una manifestación cultural de especial relevancia para la identidad y el patrimonio cultural del pueblo boyacense. Enmarcada en el ámbito cultural y patrimonial, esta ley responde a la necesidad de preservar y promover expresiones culturales que fortalecen la diversidad y cohesión social en Colombia.
El contexto de esta legislación es el creciente interés por proteger el patrimonio cultural inmaterial, conforme a lo previsto en la Ley 1185 de 2008 y normativas relacionadas, que buscan salvaguardar las tradiciones, saberes y manifestaciones culturales que configuran la identidad nacional.
Proceso Legislativo
El trámite legislativo de la Ley 2544 destacó por el consenso en torno a la importancia de reconocer formalmente al FIC. Durante el debate en el Congreso, se subrayó la necesidad de asignar recursos y establecer mecanismos claros para la sostenibilidad del festival. La aprobación contó con el respaldo mayoritario de las bancadas, reflejando un compromiso institucional con la cultura regional y nacional.
Contenido clave y principales disposiciones
La Ley 2544 establece varias disposiciones fundamentales:
- Declaratoria oficial: El artículo 1° reconoce al Festival Internacional de la Cultura como patrimonio cultural inmaterial, ordenando al Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes iniciar el proceso para su inclusión en la Lista Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial.
- Mecanismos de financiación: El Gobierno nacional está autorizado para realizar asignaciones presupuestales necesarias y gestionar recursos adicionales a través de fondos de cofinanciación y entidades públicas o privadas nacionales e internacionales (artículo 2°).
- Protección y sostenibilidad: El Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes, en coordinación con la Gobernación de Boyacá y el Consejo Departamental de Patrimonio, deberá implementar medidas para la salvaguardia, promoción, conservación y difusión del festival a nivel nacional e internacional (artículo 3°).
- Facultades específicas: Se incluye la asesoría para la postulación del festival en listas representativas, fomento del Plan Especial de Salvaguardia (PES) y gestión de acciones conforme a normas vigentes como la Ley 1185 de 2008 y decretos reglamentarios.
- Ajustes presupuestales: Se autoriza al Gobierno nacional a efectuar créditos, contracréditos y traslados presupuestales para garantizar la ejecución de la ley (artículo 4°).
- Vigencia: La ley entra en vigencia a partir de su publicación y deroga disposiciones contrarias (artículo 5°).
Implicaciones y aplicación
Con esta ley, el Estado colombiano refuerza su compromiso con la protección del patrimonio cultural inmaterial, reconociendo expresamente el valor del FIC como un elemento identitario y turístico de Boyacá. La asignación de recursos y la coordinación interinstitucional previstas buscan garantizar la sostenibilidad del festival frente a desafíos económicos y sociales.
Además, la inclusión en la Lista Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial facilitará el acceso a programas de apoyo y visibilización internacional, lo que podría potenciar la proyección cultural y económica del departamento.
El marco normativo también establece un modelo claro para la protección de otras manifestaciones culturales, resaltando la importancia de planes especiales de salvaguardia y la articulación entre entidades nacionales y territoriales.
Este reconocimiento legislativo se enmarca en un contexto global donde la valoración del patrimonio intangible cobra cada vez mayor relevancia para la construcción de identidades y el desarrollo sostenible. De esta manera, la Ley 2544 de 2025 no solo garantiza la preservación y promoción del Festival Internacional de la Cultura de Boyacá, sino que también fortalece el compromiso del Estado con la diversidad cultural y el enriquecimiento del patrimonio nacional.