Entidad emisora y marco normativo
La Resolución 14673, emitida el 18 de septiembre de 2025 y publicada en el Diario Oficial No. 53.248 el 19 de septiembre de 2025, fue expedida por la Superintendencia de Transporte. Esta entidad, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, especialmente las conferidas por el Decreto 2409 de 2018, tiene la función de vigilancia, inspección y control en materia de tránsito, transporte e infraestructura, así como de protección a los usuarios del sector.
El fundamento legal de la resolución se sustenta en normas como la Ley 1474 de 2011 y la Ley 2195 de 2022, que establecen la obligación para las personas jurídicas bajo vigilancia de adoptar programas de transparencia y ética empresarial. Además, se enmarca en compromisos internacionales contra la corrupción adoptados por Colombia, tales como la Convención Interamericana contra la Corrupción y la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción.
Objeto y alcance del Programa de Transparencia y Ética Empresarial (PTEE)
El tema principal de la resolución es la adición de un capítulo específico que fija los lineamientos para que las personas jurídicas sujetas a la supervisión de la Superintendencia de Transporte implementen el PTEE. Este programa busca prevenir, detectar y mitigar riesgos asociados a actos de corrupción y soborno transnacional en el sector transporte, fortaleciendo la ética empresarial y la transparencia.
El destinatario principal son las personas jurídicas que desarrollen actividades empresariales dentro del sector transporte y que estén bajo la inspección, vigilancia y control de la Superintendencia. Este enfoque es relevante porque dichas entidades pueden estar expuestas a riesgos de corrupción que afectan la integridad del sector y la confianza pública.
Principales disposiciones y estructura del PTEE
La resolución establece un contenido mínimo obligatorio para el PTEE, que incluye:
- Identificación y evaluación de riesgos de corrupción y soborno transnacional mediante metodologías basadas en riesgos.
- Adopción de políticas claras de no tolerancia a la corrupción, protección al denunciante, prevención del lavado de activos, gestión de conflictos de interés, regulación del lobby, contratación estatal, financiación política, donaciones y gastos en regalos o entretenimiento.
- Implementación de un manual de procedimientos que sistematice la gestión del programa, incluyendo la gestión de denuncias y la designación de un Oficial de Cumplimiento.
- Creación de un código de ética y buen gobierno que oriente el comportamiento interno.
- Definición de obligaciones específicas para la alta dirección, junta directiva, representante legal, Oficial de Cumplimiento, revisoría fiscal y auditoría interna, para garantizar el adecuado diseño, implementación y seguimiento del programa.
- Establecimiento de canales confidenciales para la recepción de denuncias y reportes de actos relacionados con corrupción y soborno.
- Obligación de reportar a la Secretaría de Transparencia de la Presidencia de la República y a la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF) las operaciones sospechosas vinculadas a corrupción.
- Plazo de ocho meses para la implementación del PTEE desde la notificación o desde la publicación de la resolución para quienes ya están habilitados.
Además, la Superintendencia desarrollará un programa de acompañamiento dirigido a Pymes y Mipymes con el fin de facilitar la implementación del PTEE sin generar costos o trámites adicionales.
Impacto y cumplimiento
Con esta resolución, la Superintendencia de Transporte busca fortalecer la cultura de integridad en el sector, alineando las prácticas empresariales con los estándares nacionales e internacionales de lucha contra la corrupción. La implementación del PTEE implica un cambio significativo en la gestión interna de las empresas vigiladas, promoviendo la transparencia y el cumplimiento normativo.
El incumplimiento de estas disposiciones podrá ser objeto de sanciones administrativas conforme al artículo 46 de la Ley 336 de 1996 y demás normas aplicables. La resolución también detalla los mecanismos de supervisión, auditoría y certificación que permitirán evaluar el cumplimiento efectivo del programa.
Conclusión
La Resolución 14673 de 2025 representa un paso decisivo para la consolidación de un sector transporte transparente y ético en Colombia. Al exigir la adopción de un Programa de Transparencia y Ética Empresarial estructurado y supervisado, la Superintendencia de Transporte contribuye a prevenir y mitigar riesgos de corrupción, fortaleciendo la confianza ciudadana y la sostenibilidad del sector. Esta iniciativa refleja el compromiso del país con la integridad empresarial y la promoción de un ambiente de negocios responsable y confiable, esencial para el desarrollo económico y social.