Entidad emisora y contexto normativo
La resolución fue emitida por la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) el 29 de agosto de 2025 y publicada en el Diario Oficial No. 53.252 el 23 de septiembre de 2025. Esta actuación se sustenta en las atribuciones conferidas por la Constitución Nacional y las Leyes 142 y 143 de 1994, así como en los decretos 1524, 2253 de 1994, 2696 de 2004 y 1260 de 2013. El caso se origina en la revisión de la Resolución CREG 501 110 de 2024, a raíz de una solicitud presentada por Enel Colombia S.A. E.S.P. para ajustar el plan de inversiones aprobado.
Tema principal y destinatarios
El asunto central de la Resolución 501 126 de 2025 es la revisión y modificación del plan de inversiones de Enel Colombia en el mercado de distribución de energía eléctrica, con énfasis en el reconocimiento de Unidades Constructivas Especiales (UCE). Estas UCE corresponden a activos y tecnologías con características técnicas particulares que no se ajustan plenamente a las Unidades Constructivas estándar definidas en la metodología tarifaria vigente. El destinatario principal es Enel Colombia S.A. E.S.P., empresa encargada de la distribución en las regiones de Bogotá y Cundinamarca, cuya actividad impacta directamente en la prestación del servicio público de energía eléctrica.
Objetivo y finalidad de la resolución
El propósito de la resolución es analizar y resolver la solicitud de Enel para modificar el plan de inversiones aprobado, reconociendo nuevas UCE y corrigiendo errores formales en la valoración de algunos activos. Esta revisión tiene como objetivo garantizar que la remuneración tarifaria refleje adecuadamente las inversiones necesarias para la distribución eficiente y segura de energía, especialmente en proyectos con restricciones técnicas y urbanísticas específicas.
Decisiones y regulaciones principales
La CREG decidió reconocer como Unidades Constructivas Especiales varias UCE solicitadas por Enel, incluyendo:
- Canalización urbana Distrito Capital 6x6” (UCE N2L140): para cumplir con normativas locales que exigen subterranización y canalización de redes eléctricas.
- Canalización urbana tecnología sin zanja o ramming (UCE N2L141): tecnología que minimiza afectaciones urbanas y reduce costos y tiempos en la construcción subterránea.
- Bahías híbridas en subestaciones (UCE N4S75 y N4S76): que permiten optimizar espacio en zonas urbanas densas mediante diseños compactos y modulares.
- Cajas de maniobra con aislamiento SF6 (UCE N2EQ48): por sus características técnicas que no permiten asimilación a unidades estándar.
- Corrección formal para la inclusión de la UCE N1T87: que había quedado excluida en la valoración del plan de inversiones.
Además, se estableció que los efectos de estos ajustes se reflejarán en los ingresos reconocidos para Enel durante un periodo de doce meses a partir de la aplicación de la resolución, mediante la actualización de las variables tarifarias correspondientes según la metodología vigente.
Base legal y normativas aplicadas
La resolución se fundamenta principalmente en el artículo 126 de la Ley 142 de 1994, que regula la revisión tarifaria y la vigencia de las fórmulas tarifarias. También se apoya en la resolución CREG 015 de 2018 y sus modificaciones sucesivas, que establecen la metodología para la remuneración de la distribución eléctrica y definen el régimen de Unidades Constructivas y Unidades Constructivas Especiales. Estos instrumentos normativos guían la valoración técnica y económica de los activos de inversión.
Modificaciones y ajustes
Esta resolución modifica el artículo 3° de la Resolución CREG 189 de 2019, en su texto actualizado por la Resolución CREG 501 110 de 2024, incorporando los ajustes solicitados y aprobados. Asimismo, corrige inconsistencias detectadas en la valoración de activos y ajusta el plan de inversiones para reflejar los costos eficientes de las UCE reconocidas.
Plazos y recursos
Se establece un plazo de cinco días hábiles para interponer recurso de reposición contra esta resolución, contados desde la notificación al representante legal de Enel Colombia S.A. E.S.P. La aplicación de los ajustes tarifarios derivados tendrá vigencia durante doce meses desde su implementación.
Impacto potencial
La decisión de reconocer UCE específicas y corregir el plan de inversiones permitirá que la remuneración tarifaria se ajuste a las condiciones técnicas y urbanísticas reales del servicio de distribución. Esto favorece la adecuada inversión en infraestructura, mejora la prestación del servicio y aporta certidumbre regulatoria. Además, sienta un precedente en la consideración técnica detallada de activos especiales dentro del marco regulatorio del sector eléctrico colombiano, fortaleciendo la transparencia y eficiencia en la gestión de inversiones en el sector.