Entidad emisora y contexto normativo
La Resolución CREG 502 fue emitida el 8 de mayo de 2025 por la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), entidad responsable de la regulación del sector energético en Colombia. Esta acción se enmarca en las atribuciones conferidas por la Ley 142 de 1994 y los Decretos 2253 de 1994 y 1260 de 2013, que regulan el mercado de gas natural en el país. La prórroga responde a lo previsto en la Resolución CREG 055 de 2019, que establece las reglas para la selección, condiciones y remuneración del gestor del mercado de gas natural.
Tema principal y destinatarios
El tema central de la resolución es la extensión del contrato de prestación de servicios de la Bolsa Mercantil de Colombia S. A. como Gestor del Mercado de Gas Natural, cuya vigencia original finalizaba el 5 de enero de 2026. El destinatario principal es la Bolsa Mercantil de Colombia, pero la decisión afecta a todos los agentes del mercado de gas natural, incluyendo comercializadores y usuarios, dado que la eficiencia y continuidad del gestor impactan directamente en la transparencia y operación del mercado.
Objetivo de la resolución
El objetivo es prorrogar por un año adicional, a partir del 6 de enero de 2026, la obligación de la Bolsa Mercantil de Colombia para prestar servicios como Gestor del Mercado de Gas Natural. Esta prórroga es parte de un máximo permitido de cinco años en extensión, conforme a la regulación vigente. La medida busca garantizar la estabilidad operativa mientras se evalúan procesos posteriores para la gestión del mercado.
Decisiones y regulaciones clave
La CREG autorizó la prórroga del contrato tras recibir la comunicación oportuna de la Bolsa Mercantil en la que manifestó su interés en continuar la prestación del servicio. Se destacó el cumplimiento permanente y sobresaliente de los indicadores de gestión establecidos en la regulación, tales como:
- Disponibilidad del Boletín Electrónico Central (BEC): con un mínimo del 99% de disponibilidad diaria.
- Oportunidad de publicación: cumplimiento de horarios para la publicación de información con un mínimo del 98%.
- Registro oportuno de contratos y comercializadores: con cumplimiento del 100% en los tiempos establecidos.
- Liquidación y facturación de cargos por uso: cumplimiento del 100% desde el segundo período de prestación.
- Implementación de la regulación: cumplimiento del 100% en la aplicación de normativas expedidas por la Comisión.
Asimismo, se resaltó la infraestructura tecnológica robusta de la Bolsa Mercantil, incluyendo sistemas certificados bajo normas ISO 9001:2015 e ISO 27001:2013, y el uso de plataformas tecnológicas avanzadas que aseguran la continuidad y seguridad de la operación.
Base legal y procedimientos
La prórroga se fundamenta en la Resolución CREG 055 de 2019, particularmente en su artículo 32, que permite prórrogas anuales hasta un máximo de cinco años, siempre que el gestor comunique su interés con al menos 15 meses de anticipación y cumpla con los indicadores de gestión. La auditoría externa, a cargo de una firma reconocida internacionalmente, certificó el cumplimiento cabal de dichos indicadores.
Impacto y próximos pasos
La decisión garantiza la continuidad del gestor del mercado de gas natural, lo que puede traducirse en estabilidad para los agentes del sector y confianza para los usuarios finales. La resolución establece plazos claros para la renovación de garantías de cumplimiento y dispone recursos legales para impugnaciones, en caso de ser necesarias.
Esta prórroga contribuye a mantener la integridad operativa y regulatoria del mercado, fortaleciendo la infraestructura institucional y tecnológica que soporta la comercialización y regulación del gas natural en Colombia. Además, se espera que este periodo adicional permita evaluar y eventualmente implementar mejoras en la gestión del mercado, asegurando la evolución constante y la adaptación a las necesidades del sector energético nacional.