Contexto y entidades involucradas
La Resolución 20256060012455, emitida el 29 de agosto de 2025 por la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), se fundamenta en el marco normativo vigente que regula la adquisición y saneamiento de predios para proyectos de infraestructura vial. La ANI, como entidad responsable de la planeación y ejecución de concesiones y asociaciones público-privadas en infraestructura de transporte, actúa en ejercicio de sus facultades legales otorgadas por diversos decretos y resoluciones, entre ellos el Decreto 4165 de 2011 y la Ley 1682 de 2013.
Objeto y destinatarios de la resolución
El tema principal de la resolución es la declaratoria de saneamiento automático —un mecanismo legal que permite limpiar cualquier vicio en la titularidad o tradición de un predio— sobre una franja de terreno de 581.60 metros cuadrados, ubicada en el sector Guayabal, zona urbana del municipio de Coveñas, Sucre. Esta franja es indispensable para la ejecución del Proyecto Conexión Vial Antioquia-Bolívar, un contrato de concesión bajo esquema de Asociación Público-Privada (APP) para la construcción y mejora de la red vial nacional.
El destinatario principal es la Agencia Nacional de Infraestructura, que adquiere el derecho real de dominio sobre el terreno. Además, se involucra el municipio de Coveñas, que tenía la obligación legal de adjudicar formalmente el predio, pero no cumplió con dicho mandato, lo que motivó la aplicación de esta figura jurídica.
Finalidad y decisiones clave
El objetivo de la resolución es garantizar la titularidad de la franja de terreno a favor del Estado para el desarrollo del proyecto vial, superando la ausencia de registro formal y posibles vicios en la tradición del inmueble. Esto se logra mediante:
- Declarar el saneamiento automático del predio conforme a lo establecido en los artículos 21 y 22 de la Ley 1682 de 2013 y el Decreto 1079 de 2015.
- Constituir el derecho real de dominio a nombre de la ANI sobre la franja de terreno requerida.
- Destinar el inmueble al patrimonio de la Nación, afectándolo como bien de uso público para el proyecto vial.
- Solicitar la apertura del folio de matrícula inmobiliaria correspondiente en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Sincelejo para formalizar la inscripción del derecho.
- Comunicar la resolución a entidades relacionadas, como el Instituto Geográfico Agustín Codazzi para actualizar la información catastral, la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos y la autoridad local competente.
Además, se destaca el reconocimiento económico realizado por la concesionaria a los ocupantes del terreno por las mejoras existentes, conforme a la normativa aplicable, asegurando así el pago justo y el cumplimiento de las obligaciones contractuales y sociales.
Fundamento legal y procedimientos
La resolución se fundamenta en normas constitucionales y legales, entre las que destacan:
| Norma | Contenido relevante |
| Artículo 58 de la Constitución Política | Garantiza la propiedad privada y establece la expropiación por utilidad pública con indemnización. |
| Ley 1682 de 2013 | Define la utilidad pública para proyectos de infraestructura vial y regula el saneamiento automático. |
| Decreto 1079 de 2015 | Reglamenta la declaratoria de saneamiento automático y apertura de folios de matrícula inmobiliaria. |
| Resolución 545 de 2008 y 1776 de 2015 | Establecen los instrumentos de gestión social y planes de compensaciones socioeconómicas. |
El procedimiento siguió los lineamientos para la identificación, delimitación y certificación del terreno, así como para la verificación de la inexistencia de registros previos que acreditaran la titularidad, lo que permitió atribuir la condición de bien baldío y proceder con el saneamiento.
Impacto y relevancia
Esta resolución representa un paso fundamental para la materialización de proyectos estratégicos de infraestructura vial, al facilitar la adquisición efectiva de predios cuando existen vacíos registrales o incumplimientos por parte de autoridades locales. El saneamiento automático garantiza la seguridad jurídica necesaria para que la ANI pueda continuar con la ejecución y operación del Proyecto Conexión Vial Antioquia-Bolívar, contribuyendo al desarrollo regional y nacional.
Además, el reconocimiento económico a los ocupantes demuestra el equilibrio entre el interés público y la protección de derechos individuales, conforme a la legislación vigente. La resolución también fortalece la coordinación interinstitucional, involucrando al Instituto Geográfico Agustín Codazzi y la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos para la actualización y formalización registral.
En suma, esta medida jurídica consolida la herramienta del saneamiento automático como mecanismo eficiente y legalmente respaldado para asegurar la titularidad de terrenos necesarios en proyectos de infraestructura de utilidad pública e interés social, facilitando así el progreso sostenible y el bienestar de las comunidades involucradas.