Entidad emisora y contexto normativo
La Resolución 000775 de 2025, publicada en el Diario Oficial No. 53.259 el 30 de septiembre de 2025, fue expedida por el Director General de la Agencia Nacional del Espectro (ANE), en ejercicio de sus facultades conferidas por la Ley 1341 de 2009, la Ley 1978 de 2019, y varios decretos y resoluciones anteriores. La ANE es la entidad encargada de la gestión, planeación, vigilancia y control del espectro radioeléctrico en Colombia. Esta resolución se enmarca en el cumplimiento del mandato constitucional que establece el espectro electromagnético como un bien público, inalienable y sujeto a la gestión estatal para garantizar el pluralismo informativo y la competencia.
Objeto y destinatarios de la resolución
El tema principal de la resolución es la actualización técnica del Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM), específicamente el Apéndice A del Anexo 2 de la Resolución ANE 105 de 2020. Esta actualización responde a solicitudes de concesionarios del servicio de radiodifusión sonora comunitaria, comercial, étnica y de interés público, que buscan modificar parámetros técnicos esenciales para mejorar la prestación del servicio en sus respectivas regiones. El destinatario principal de la resolución son estas estaciones de radiodifusión, cuya operación depende de parámetros técnicos autorizados por la ANE y supervisados por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC).
Objetivos y decisiones clave
El objetivo de la resolución es ajustar y actualizar los parámetros técnicos de ciertos canales de radiodifusión FM, tales como la potencia de operación, el área de servicio geográfico y la frecuencia de enlace entre estudios y transmisores. Estas modificaciones permiten a las emisoras ampliar su cobertura, mejorar la calidad del servicio y optimizar el uso del espectro radioeléctrico, en línea con los planes técnicos nacionales vigentes.
Entre las decisiones principales se destacan:
- Incorporación de un nuevo canal radioeléctrico para la prestación del servicio en el municipio de Valparaíso, Caquetá.
- Incremento de la potencia de operación en siete canales, lo que amplía la capacidad de transmisión.
- Ampliación del área de servicio en ocho canales, permitiendo que las emisoras cubran más municipios.
- Eliminación de frecuencias de enlace en tres canales, simplificando la infraestructura técnica.
Estas modificaciones se reflejan en la actualización del Apéndice A del Anexo 2 de la Resolución ANE 105 de 2020, que regula el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en FM.
Base legal y modificaciones previas
La resolución se fundamenta en diversas normas nacionales, entre ellas:
- La Constitución Política, artículos 75, 101 y 102, que establecen la naturaleza pública del espectro electromagnético.
- Las leyes 1341 de 2009 y 1978 de 2019, que regulan el sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y delegan funciones a la ANE.
- Decretos 093 de 2010 y 4169 de 2011, que complementan el marco normativo para la gestión del espectro.
- Resoluciones previas de la ANE, especialmente la Resolución 105 de 2020 y sus modificaciones posteriores, que establecen el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en FM.
Cabe destacar que esta resolución modifica en lo pertinente el Apéndice A del Anexo 2 de la Resolución ANE 105 de 2020, y sus sucesivas actualizaciones, adaptando el plan técnico a las nuevas solicitudes y condiciones técnicas presentadas por los concesionarios.
Plazos y recursos
La resolución entra en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial. Se establece que contra esta decisión no procede recurso alguno en sede administrativa, conforme al artículo 75 de la Ley 1437 de 2011, lo que otorga certeza y seguridad jurídica a las modificaciones realizadas.
Impacto potencial
Esta actualización técnica del Plan Nacional de Radiodifusión Sonora en FM representa un avance en la modernización y optimización del espectro radioeléctrico en Colombia. La ampliación de potencia y áreas de servicio para emisoras comunitarias, étnicas, comerciales y de interés público contribuye a fortalecer la diversidad informativa y cultural, así como a mejorar la cobertura y calidad del servicio de radiodifusión sonora en distintas regiones del país. Además, la medida refuerza la gestión estatal eficiente del espectro, garantizando el acceso equitativo y evitando prácticas monopolísticas en consonancia con el marco constitucional y legal vigente.