Entidad emisora y contexto normativo
La presente resolución fue emitida por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) el 30 de septiembre de 2025 y publicada en el Diario Oficial No. 53.260 el 1 de octubre de 2025. Se trata de una modificación a la Resolución 000227 de 2025, que a su vez incorporó la Resolución 199 de 2024. Estas normas regulan el reporte de información por parte de los operadores de plataformas digitales conforme a la Ley 1661 de 2013 y el Acuerdo Multilateral de Autoridades Competentes para el Intercambio Automático de Información de ingresos derivados a través de plataformas digitales.
Tema principal y destinatarios
La resolución regula la obligación de los operadores de plataformas digitales —tanto residentes fiscales en Colombia como no residentes— de suministrar información detallada a la DIAN sobre ingresos generados a través de sus plataformas. El destinatario principal son los “Operadores de Plataformas Sujetos a Reporte”, quienes deben cumplir con los procedimientos de reporte y debida diligencia para garantizar la transparencia y el cumplimiento tributario. Esto es relevante porque estos operadores actúan como intermediarios en la economía digital y su información es clave para la administración tributaria.
Objetivo de la resolución
El objetivo es actualizar y precisar las definiciones, criterios y procedimientos relacionados con el reporte automático de información de los operadores de plataformas digitales, en concordancia con los estándares internacionales emitidos por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE). Esto permite mejorar la calidad y eficacia del intercambio de información fiscal entre Colombia y otras jurisdicciones participantes, facilitando la detección de ingresos tributables y fortaleciendo el cumplimiento fiscal en la economía digital.
Principales modificaciones y regulaciones
Entre las modificaciones más relevantes se encuentran:
- La adición de criterios para definir quién es un “Operador de Plataforma Sujeto a Reporte”, incluyendo tanto residentes fiscales en Colombia como no residentes que faciliten servicios o ventas vinculadas a vendedores colombianos.
- La definición clara de “Jurisdicción Reportable”, estableciendo que los operadores no residentes deben considerar a Colombia como tal.
- La modificación de términos técnicos para precisar que la “Dirección Principal” corresponde a la residencia principal de personas naturales o domicilio social de entidades vendedoras.
- La actualización de procedimientos de debida diligencia para operadores con presencia en múltiples jurisdicciones, permitiendo la aplicación de reglas sustancialmente similares en otras jurisdicciones participantes.
- La derogación de referencias a “lista pública” para adecuar el marco legal al contexto jurídico colombiano.
- Establecimiento de plazos específicos para el reporte de información, particularmente para operadores no residentes fiscales que deben reportar desde el 1° de octubre hasta el 31 de diciembre de 2025 para el periodo gravable de ese año.
Base legal y fundamentación
La resolución se fundamenta en varias normas nacionales e internacionales, entre ellas el artículo 2° del Decreto 0091 de 2025, el artículo 631-4 del Estatuto Tributario, el Decreto 1742 de 2020, la Ley 1661 de 2013 y los estándares y comentarios de la OCDE sobre el intercambio automático de información. Además, toma en cuenta la Sentencia C-447 de 2022 de la Corte Constitucional, que reconoce la aplicación directa de tratados internacionales ratificados.
Impacto potencial
Esta actualización normativa fortalece el marco legal para el intercambio automático de información fiscal en Colombia, alineándolo con los estándares internacionales. Facilita la identificación de ingresos derivados de la economía digital, mejora la cooperación internacional en materia tributaria y contribuye a la lucha contra la evasión fiscal. Para los operadores de plataformas, implica una obligación clara de reporte y cumplimiento de procedimientos de debida diligencia, con plazos definidos para la entrega de información.