Entidad emisora y datos generales
La Resolución 77243 de 2025 fue expedida por la Superintendencia de Industria y Comercio, a través de su Secretaría General, el 30 de septiembre de 2025 y publicada en el Diario Oficial No. 53.260 del 1 de octubre de 2025. Esta resolución modifica el Capítulo Primero del Título X de la Circular Única, actualizando las tasas de Propiedad Industrial para el año 2026.
Tema principal y destinatarios
El tema principal es la actualización de las tasas que deben pagar los usuarios por los distintos trámites relacionados con la Propiedad Industrial, incluyendo solicitudes y mantenimientos de patentes, registros de marcas, diseños industriales, esquemas de trazado de circuitos integrados, entre otros. Los destinatarios son personas naturales, jurídicas, micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes), instituciones educativas, artesanos, beneficiarios de programas especiales, entidades estatales y otros usuarios que interactúan con el sistema nacional de Propiedad Industrial.
Objetivo de la resolución
El principal objetivo es ajustar las tasas para el año 2026, de conformidad con la variación del índice de precios al consumidor (IPC) proyectado para la clase media, estimado en un aumento del 5,19%. Esta actualización busca garantizar la sostenibilidad financiera y operativa de la Superintendencia, permitiendo la adecuada prestación de servicios relacionados con la Propiedad Industrial.
Decisiones y regulaciones clave
La resolución establece un incremento general del 5,19% en las tasas vigentes para 2025. Se detallan tarifas específicas para:
- Solicitudes nacionales e internacionales de patentes de invención y modelos de utilidad.
- Registros de marcas, lemas comerciales, marcas colectivas o de certificación.
- Servicios del Centro de Información Tecnológica y Apoyo a la Gestión de la Propiedad Industrial (CIGEPI), como búsquedas tecnológicas y mapeos.
- Actuaciones en trámite y posteriores a la concesión, incluyendo renovaciones, modificaciones, inscripciones y cancelaciones.
Además, se introducen modificaciones en la tasa por invocación de notoriedad, ampliando su aplicación a respuestas en acciones de cancelación. Se mantienen reducciones y exenciones para determinados grupos, tales como:
- Personas naturales sin medios económicos.
- Mipymes debidamente acreditadas.
- Instituciones de educación superior reconocidas.
- Entidades sin ánimo de lucro dedicadas a la investigación científica y tecnológica.
- Artesanos, jóvenes, beneficiarios de programas de posconflicto, y grupos étnicos certificados.
- Ganadores del Premio Nacional al Inventor Colombiano, con exenciones específicas para patentes relacionadas.
Estas reducciones oscilan entre el 25% y hasta un 85% en ciertos casos, como la participación en el Programa PI-e Propiedad Industrial para Emprendedores.
Base legal y normatividad vigente
La resolución se fundamenta en varias normas, entre ellas:
- El artículo 277 y 273 de la Decisión 486 de 2000 de la Comisión de la Comunidad Andina.
- El Decreto 4886 de 2011, que otorga funciones a la Secretaría General para fijar precios y tasas.
- El Decreto 092 de 2022, que asigna a la Superintendencia la administración del sistema de Propiedad Industrial.
- El artículo 78 de la Ley 1480 de 2011, que faculta a la entidad para cobrar tasas por servicios relacionados.
- El artículo 119 de la Ley 6ª de 1992, que limita el ajuste anual de tasas al IPC.
- El Protocolo Concerniente al Arreglo de Madrid, que regula la actualización de tasas internacionales.
Modificaciones y derogaciones
La Resolución 77243 de 2025 deroga expresamente la Resolución 58632 de 2024 y sus modificaciones posteriores (Resoluciones 3676, 7981 y 31111 de 2025). Las nuevas tasas se aplicarán a partir del 1 de enero de 2026.
Plazos y vigencia
La resolución entra en vigencia el 1 de enero de 2026, asegurando que los valores actualizados estén operativos desde el inicio del año. Esto es relevante para cumplir con los plazos establecidos en el Protocolo de Madrid respecto a la comunicación de modificaciones ante la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual.
Impacto potencial
La actualización tarifaria impacta a todos los sujetos que realizan trámites de Propiedad Industrial en Colombia, incluyendo inventores, empresarios, emprendedores y entidades públicas o privadas. Al adecuar las tasas al IPC, la resolución busca mantener la calidad y eficiencia en la prestación de servicios sin desincentivar la protección de invenciones y signos distintivos. Las reducciones y exenciones contempladas contribuyen a facilitar el acceso al sistema para sectores vulnerables y estratégicos, promoviendo así la innovación y la competitividad en el país.
En suma, esta resolución es un paso clave para la sostenibilidad del sistema nacional de Propiedad Industrial, equilibrando la necesidad de recursos con la accesibilidad para los usuarios, y reafirmando el compromiso del Estado con la promoción de la innovación y el desarrollo tecnológico en Colombia.