Contexto y antecedentes del proceso
El Consejo de Estado, en su Sección Tercera, Subsección A, conoció un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho presentado contra la Agencia Nacional de Minería. El demandante impugnó dos resoluciones administrativas que rechazaron y archivaron su solicitud de minería tradicional, solicitando además la nulidad de dichas decisiones, la orden de otorgamiento de un contrato de concesión, la inaplicación del artículo 325 de la Ley 1955 de 2019 por inconstitucional y el pago de perjuicios materiales y morales. Subsidiariamente, requirió que se ordenara continuar el trámite de formalización minera. Inicialmente radicado ante el Tribunal Administrativo de Boyacá, este declaró su falta de competencia y remitió el expediente al Consejo de Estado, que asumió la sustanciación del asunto. Durante el trámite, la demanda fue admitida tras subsanación, pero la Agencia Nacional de Minería no contestó el escrito inicial. Se negó una medida cautelar solicitada por el demandante y se ordenó a la entidad demandada aportar antecedentes administrativos. Pruebas y dictamen pericial
En la audiencia inicial celebrada el 17 de julio de 2024, se decretaron como pruebas un dictamen pericial psicológico para determinar el posible daño emocional causado por el rechazo de la solicitud minera, y el testimonio de un testigo para acreditar perjuicios morales y fuentes económicas del demandante. Un psicólogo fue nombrado perito y presentó el dictamen el 12 de agosto de 2025. La Secretaría de la Sección fijó un término para que las partes y el Ministerio Público se pronunciaran sobre el informe. La Agencia Nacional de Minería cuestionó la pertinencia y utilidad del...Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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