Modificación y Precisión de Límites del Parque Natural Regional El Dorado: Acuerdo 021 de 2025 de la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena
Proviene de: Acuerdos
8 de octubre de 2025 18:32:9
Tipo de Acuerdo y Entidad Suscriptora
El Acuerdo es de carácter regional, emitido por el Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena (CAM) el 22 de agosto de 2025, bajo el número 021. Esta entidad tiene como función principal la gestión ambiental en su jurisdicción, en especial la administración y regulación de áreas protegidas como los Parques Naturales Regionales.
Objeto y Finalidad del Acuerdo
El acuerdo tiene por objeto modificar los Acuerdos 011 de 2018 y 008 de 2020, que declararon, reservaron, delimitaron y alinderaron el Parque Natural Regional El Dorado, así como adoptaron su Plan de Manejo Ambiental. En concreto, se actualizan la delimitación y zonificación del PNR El Dorado para corregir traslapes y vacíos cartográficos identificados con el Parque Nacional Natural Puracé, con base en información técnica y cartográfica precisa.
La finalidad principal es garantizar que las áreas protegidas regionales y nacionales no se superpongan, en cumplimiento del Decreto 1076 de 2015, que prohíbe la superposición de categorías de manejo de áreas públicas, asegurando una gestión ambiental clara, coherente y efectiva.
Ámbito de Aplicación y Contexto
El PNR El Dorado se encuentra en los municipios de Isnos, Saladoblanco, Oporapa, La Argentina y La Plata, en el departamento del Huila. El ajuste territorial se realiza dentro de esta jurisdicción y en coordinación con Parques Nacionales Naturales de Colombia (PNNC), autoridad encargada de las áreas protegidas nacionales.
Este ajuste responde a procesos técnicos adelantados entre 2018 y 2025, que incluyeron visitas de campo y el uso de cartografía oficial a escala 1:25.000, con el fin de precisar límites y resolver inconsistencias entre áreas protegidas regionales y nacionales.
Principales Disposiciones y Compromisos
- Se modifica el área total del PNR El Dorado, ajustándola de 28.573 a 27.590,20 hectáreas, considerando:
- 987,78 hectáreas de traslape con el PNN Puracé que se excluyen del PNR.
- 4,8 hectáreas de vacíos cartográficos que se adicionan.
- 5,01 hectáreas de reducción adicional.
- Se adopta el sistema de proyección cartográfica oficial CTM12, basado en el Marco Geocéntrico Nacional de Referencia MAGNA-SIRGAS, conforme a la Resolución 370 de 2021.
- Se actualiza la zonificación ambiental del PNR, con una extensión predominante de zona de preservación (27.444,64 hectáreas) destinada a mantener y proteger ecosistemas representativos en buen estado de conservación, y una zona de restauración.
- Se establecen mecanismos de comunicación para informar a las autoridades municipales y departamentales competentes, así como a la Policía Nacional, para el conocimiento y cumplimiento del acuerdo.
- Se ordena la inscripción del acuerdo en la Oficina de Registro e Instrumentos Públicos del departamento, conforme a la normativa aplicable.
Impacto Potencial y Relevancia
La precisión de límites y la actualización catastral del PNR El Dorado tienen un impacto significativo en la gestión ambiental local y regional. Al evitar traslapes con áreas nacionales, se fortalece la seguridad jurídica sobre la administración del territorio protegido, optimizando la coordinación interinstitucional y facilitando la planificación y control ambiental.
Para la comunidad local, esta clarificación territorial puede traducirse en una mejor protección de los recursos naturales, conservación de la biodiversidad y promoción de actividades compatibles con la preservación del ecosistema. Además, la adopción de sistemas cartográficos oficiales garantiza la transparencia y precisión en la delimitación territorial.
Sustento Legal
El acuerdo se fundamenta en las disposiciones constitucionales (artículos 8°, 79 y 80 de la Constitución Política), la Ley 99 de 1993 que regula la gestión ambiental en Colombia, y el Decreto 1076 de 2015, que establece el régimen de áreas protegidas y normas de delimitación. También se atiende la Resolución 370 de 2021 sobre sistemas de proyección cartográfica oficial.
Mecanismos de Seguimiento
Aunque el acuerdo no establece expresamente mecanismos de seguimiento específicos, se prevé la comunicación a las entidades territoriales y la inscripción pública del acuerdo, lo cual contribuye a su conocimiento y aplicación. La coordinación entre CAM y Parques Nacionales Naturales de Colombia se mantiene como un proceso técnico constante para asegurar la correcta gestión del área protegida.
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Este Acuerdo 021 de 2025 representa un paso decisivo para la adecuada delimitación y gestión ambiental del Parque Natural Regional El Dorado, reflejando la importancia de la precisión cartográfica y la cooperación institucional en la conservación del patrimonio natural regional. Su implementación fortalecerá la protección de los ecosistemas y promoverá un desarrollo sostenible en la región del Huila, beneficiando tanto a la biodiversidad como a las comunidades locales.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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