Tipo, entidades y contexto del acuerdo
El Acuerdo 18 de 2025 es un acto administrativo de carácter interadministrativo emitido por la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC). Fue firmado el 3 de octubre de 2025 y publicado oficialmente en el Diario Oficial número 53.266 el 7 de octubre del mismo año. Este acuerdo modifica parcialmente el Acuerdo 75 del 10 de noviembre de 2023, el cual establece la estructura y funciones internas de la CNSC, adoptando además su reglamento de organización y funcionamiento.
Objeto y finalidad del Acuerdo
El principal objeto del Acuerdo 18 de 2025 es incorporar funciones específicas en los despachos de los comisionados, la Dirección de Administración de la Carrera Administrativa (DACA) y la Oficina Asesora Jurídica, con el propósito de regular procesos relacionados con la devolución de recursos pagados en exceso por entidades públicas, así como la compensación voluntaria de deudas vinculadas al uso de listas de elegibles y procedimientos de cobro administrativo.
Esta modificación responde a la necesidad de establecer procedimientos claros para la devolución justificada de recursos antes del cierre financiero de los procesos de selección y para el trámite de compensaciones voluntarias en situaciones en las que existan deudas pendientes no sujetas a cobro persuasivo o coactivo.
Ámbito de aplicación y principales disposiciones
El acuerdo tiene aplicación en el ámbito administrativo interno de la CNSC y en su relación con las entidades públicas que realizan procesos de selección de personal mediante listas de elegibles. Entre las disposiciones clave se destacan:
- Asignación a los Despachos de los Comisionados de la función de expedir actos administrativos para ordenar la devolución de recursos pagados en exceso por entidades públicas.
- Facultad para solicitar a dichas entidades la compensación voluntaria de deudas pendientes relacionadas con procesos de selección.
- Responsabilidad de la Dirección de Administración de la Carrera Administrativa para expedir actos administrativos que implementen la compensación voluntaria de deudas no sujetas a procesos de cobro persuasivo o coactivo.
- Incorporación de funciones a la Oficina Asesora Jurídica para expedir actos administrativos en el marco de procesos de cobro persuasivo o coactivo, relacionados con compensaciones voluntarias.
Impacto potencial en la gestión y la comunidad
Estas modificaciones fortalecen el control financiero y administrativo de la CNSC, facilitando la recuperación o devolución de recursos y agilizando la resolución de obligaciones económicas relacionadas con los procesos de selección. Para las entidades públicas, se traduce en un procedimiento más transparente y ordenado para manejar pagos en exceso y saldar deudas con la CNSC, lo que puede mejorar la eficiencia en la gestión de recursos públicos y el cumplimiento normativo.
Asimismo, la clarificación de funciones contribuye a un mejor cumplimiento de los principios constitucionales de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad que rigen la función administrativa, garantizando procesos administrativos más seguros y confiables.
Sustento legal y mecanismos de seguimiento
El acuerdo se fundamenta en las facultades constitucionales y legales conferidas a la CNSC, en particular el artículo 130 de la Constitución Política y los artículos 13 y 14 de la Ley 909 de 2004. Estas normas autorizan a la Comisión para definir su estructura, funciones y regulación interna.
El acto administrativo establece que las demás disposiciones del Acuerdo 75 de 2023 permanecen vigentes, y que el nuevo acuerdo entra en vigor a partir de su publicación, derogando las disposiciones contrarias. También se prevé su divulgación mediante el sitio web oficial de la CNSC, facilitando el acceso público y el conocimiento institucional.
Conclusión
El Acuerdo 18 de 2025 representa un ajuste técnico y normativo relevante dentro de la estructura organizacional de la Comisión Nacional del Servicio Civil. Su implementación impactará directamente en la eficiencia administrativa y financiera de la entidad y en la relación con las entidades públicas que gestionan procesos de selección, contribuyendo a un manejo más ordenado y transparente de los recursos públicos vinculados a la carrera administrativa.
Además, esta modificación fortalece la institucionalidad y promueve la confianza de la sociedad en los procesos de selección de personal, asegurando que se realicen con estricto apego a la legalidad y a los principios administrativos que rigen la función pública. De esta manera, la CNSC reafirma su compromiso con la transparencia, la eficiencia y la buena gobernanza en la administración pública.