Entidad emisora y contexto normativo
La Resolución 00023267, publicada el 7 de octubre de 2025 en el Diario Oficial No. 53.266, fue expedida por el Subgerente de Regulación Sanitaria y Fitosanitaria del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), entidad encargada de velar por la sanidad agropecuaria en Colombia. Esta acción se fundamenta en diversas normativas nacionales, como el Decreto 3761 de 2009, el Decreto 1071 de 2015 y la Resolución ICA 13314 de 2023, que le confieren al ICA la competencia para establecer medidas sanitarias y fitosanitarias en la importación de productos agropecuarios.
Tema principal y destinatarios
El tema central de la resolución es la regulación sanitaria para la importación de proteína de origen animal — piel de cerdo — proveniente de Dinamarca y destinada a uso industrial en Colombia, principalmente para la fabricación de embutidos. El destinatario principal son todas las personas naturales o jurídicas que importen este tipo de materia prima, siendo relevante para garantizar que la proteína importada cumpla con los estándares sanitarios necesarios para proteger la salud animal y la producción local.
Objetivo y finalidad de la resolución
El objetivo de la resolución es establecer un marco claro y riguroso de requisitos sanitarios para autorizar la importación de este producto, evitando la introducción y propagación de enfermedades porcinas transmisibles que puedan afectar la sanidad animal colombiana. Se busca, además, facilitar el comercio internacional mediante el cumplimiento de estándares reconocidos y la transparencia en los procesos.
Decisiones y regulaciones clave
Entre las principales disposiciones, la resolución establece que:
- Dinamarca debe ser un país libre de enfermedades como fiebre aftosa, peste porcina africana y clásica, entre otras.
- La proteína debe provenir de animales nacidos y criados en Dinamarca, en establecimientos autorizados y libres de cuarentena o restricciones sanitarias recientes.
- Los animales deben ser inspeccionados ante mortem y post mortem por veterinarios oficiales, certificando su estado sanitario.
- El transporte de porcinos debe ser directo y en vehículos desinfectados, evitando contacto con animales no autorizados.
- Se prohíbe la importación de productos provenientes de animales descartados en programas de erradicación de enfermedades.
- El producto debe haber sido sometido a tratamiento térmico que garantice la eliminación de patógenos y cumplir con rigurosas pruebas microbiológicas.
- Los certificados sanitarios deben estar en español o traducidos oficialmente.
Además, se establece que el ICA ejercerá control oficial con facultades de inspección y que el incumplimiento de la resolución será sancionado conforme a la Ley 1955 de 2019, sin perjuicio de responsabilidades civiles o penales.
Base legal y procedimientos complementarios
La resolución se apoya en la legislación nacional sobre sanidad agropecuaria y en compromisos internacionales, incluyendo el Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la Organización Mundial de Comercio (OMC). También se cumplió con el procedimiento de consulta pública nacional e internacional y se contó con el apoyo del Comité de Importaciones, creado para asesorar y decidir sobre requisitos sanitarios.
Impacto potencial
Esta regulación refuerza la protección sanitaria en Colombia frente a riesgos asociados con la importación de productos animales, contribuyendo a la seguridad alimentaria y la prevención de enfermedades que podrían afectar la industria porcina nacional. Además, establece un marco de transparencia y eficiencia para importadores y autoridades, facilitando el comercio con Dinamarca bajo condiciones sanitarias estrictas y verificables.
En síntesis, la Resolución 00023267 representa un paso relevante para la regulación sanitaria del comercio internacional agropecuario, equilibrando la apertura comercial con la protección sanitaria del país, y contribuyendo a mantener la salud animal y la competitividad del sector porcícola colombiano.