Entidad emisora, número y fecha de la resolución
La presente decisión fue emitida por la Dirección Nacional de Registro Civil de la Registraduría Nacional del Estado Civil, a través de la Resolución 12620 de 2025, fechada el 3 de octubre de 2025 y publicada en el Diario Oficial No. 53.265 el 6 de octubre de 2025.
Tema principal y destinatarios
La resolución tiene como objeto fundamental la adición de un rango de cupos numéricos para la asignación del Número Único de Identificación Personal (NUIP) en el proceso de registro civil de nacimiento en el Hospital Erasmo Meoz, con código de oficina AHC, en Cúcuta, Norte de Santander. El destinatario principal es el mencionado hospital, adscrito a la Registraduría Especial de Cúcuta, que realiza las inscripciones civiles de nacimiento. Esta ampliación es relevante para asegurar la correcta prestación del servicio de registro desde el momento del nacimiento, facilitando la identificación oportuna y adecuada de los colombianos.
Objetivo y finalidad de la resolución
El objetivo es garantizar la asignación eficiente y continua del NUIP, evitando la interrupción en la expedición de los registros civiles de nacimiento debido al agotamiento del rango numérico asignado inicialmente al hospital. Así, se asegura la actualización y adecuada administración de la identificación personal desde el primer acto civil.
Decisiones y regulaciones principales
La resolución dispone:
- Adición de un nuevo rango numérico para la asignación del NUIP al Hospital Erasmo Meoz, comprendido entre el 1.259.628.001 y el 1.259.728.000.
- Las inscripciones seguirán el proceso establecido en el artículo 28 del Decreto-Ley 1260 de 1970, que regula las etapas de recepción, extensión y otorgamiento del registro civil.
- La Registraduría Especial de Cúcuta autorizará estas inscripciones y deberá remitir mensualmente a la Dirección Nacional de Registro Civil la primera copia de los registros civiles de nacimiento elaborados.
- La resolución entra en vigor desde su publicación.
Base legal y normatividad aplicable
La resolución se fundamenta en diversas normas constitucionales y legales:
- Artículo 209 de la Constitución Política de Colombia, que regula la función administrativa.
- Artículo 266, inciso segundo, modificado por el Acto Legislativo 02 de 2015, que encomienda al Registrador Nacional dirigir el registro civil y la identificación.
- Decreto Ley 1010 de 2000, en especial el artículo 40 que detalla las funciones del Director Nacional de Registro Civil.
- Resolución 3571 de 2003, que estableció la estructura del NUIP.
- Ley 962 de 2005, artículo 22, que creó el NUIP y asignó su administración a la Registraduría Nacional del Estado Civil.
- Decreto 1260 de 1970, artículos 64 y 118, que regulan la inscripción del estado civil y la competencia de funcionarios registrales, así como la posibilidad de inscripción en hospitales.
Modificaciones y contexto previo
Esta resolución adiciona un nuevo rango de cupos al asignado inicialmente mediante la Resolución 3572 de 2003, debido a que el hospital en cuestión agotó el rango anterior. La ampliación responde a una solicitud formal realizada por la Registraduría Especial de Cúcuta para mantener la operatividad del servicio.
Impacto y alcance
Con la asignación de este nuevo rango numérico, se garantiza la continuidad en la expedición del NUIP desde el momento del nacimiento en el Hospital Erasmo Meoz, lo que contribuye a fortalecer la identificación oficial de los colombianos. Además, se asegura la correcta gestión documental y la actualización oportuna de las bases de datos registrales, elementos clave para la administración pública y la protección de derechos civiles.
Este acto administrativo es un ejemplo de la dinámica gestión registral que busca adaptarse a las necesidades locales, mediante la delegación y desconcentración de funciones, en cumplimiento con los principios constitucionales de eficacia, economía y celeridad en la función pública. De esta manera, la Registraduría Nacional reafirma su compromiso con la modernización y mejora continua de los procesos de identificación, garantizando que todos los colombianos tengan acceso oportuno y seguro a su documentación desde el nacimiento.