Contexto y entidad emisora del proyecto
El proyecto de decreto, anunciado en 2025 por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, plantearía una modificación al Decreto 1068 de 2015. Esta norma busca actualizar el marco regulatorio para organizaciones de la economía solidaria que prestan servicios de ahorro y crédito, incluyendo cooperativas, fondos de empleados y asociaciones mutuales, las cuales se encuentran supervisadas por la Superintendencia de la Economía Solidaria (Supersolidaria). El proyecto respondería a un diagnóstico realizado en la Hoja de Ruta para el sector de ahorro y crédito de la economía solidaria, publicado en septiembre de 2022 por la Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera (URF).
Propósito principal y grupos afectados
El propósito central del proyecto sería establecer condiciones mínimas de idoneidad para el uso de CSC, ECC y AE, así como reglamentar la prestación de servicios financieros a través de corresponsales y el uso de red. Estas figuras permitirían a las organizaciones del sector optimizar la gestión de riesgos, fortalecer operaciones y cumplir con las reglas prudenciales. Los beneficiarios directos serían las cooperativas de ahorro y crédito, cooperativas multiactivas e integrales con sección de ahorro y crédito, fondos de empleados y asociaciones mutuales con ahorro y crédito, con especial atención a las entidades más pequeñas que enfrentan limitaciones técnicas y económicas.
Modificaciones y medidas específicas propuestas
El proyecto introduciría un nuevo Título 15 en la Parte 11 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015, dedicado a establecer reglas para el uso de CSC, ECC y AE. Entre las disposiciones se incluirían:
- Definiciones claras para CSC, ECC y AE, enfocadas en su aplicación dentro del sector solidario.
- Actividades autorizadas para gestión de riesgos, soporte operativo, auditoría interna, evaluación de planes estratégicos, análisis de datos y otros procesos clave.
- Criterios de idoneidad para que las estructuras o personas que presten estos servicios cuenten con personal calificado, capacidad económica y tecnológica suficiente.
- Obligatoriedad para las organizaciones de reportar a la Supersolidaria información detallada sobre los CSC, ECC y AE que utilicen, incluida su denominación, servicios ofrecidos, tipo de contratos y certificaciones de calidad.
- Publicación semestral por parte de la Supersolidaria de informes estadísticos sobre el uso de estas figuras en el sector.
- Facultades para que el Fondo de Garantías de Entidades Cooperativas (Fogacoop) establezca mecanismos que faciliten o flexibilicen el cumplimiento de obligaciones para organizaciones que usen estas estructuras.
- Establecimiento de responsabilidades claras para las organizaciones frente al uso de CSC, ECC y AE, asegurando que no se trasladen funciones o riesgos y que se mantenga la responsabilidad legal directa.
- Regulación del uso de corresponsales para fondos de empleados, facilitando la prestación de servicios financieros a través de terceros que actúen bajo autorización y responsabilidad de la organización.
- Incorporación de la figura de uso de red entre organizaciones de la economía solidaria, permitiendo compartir infraestructura y canales para la promoción y gestión de operaciones autorizadas.
- Un régimen de transición con plazos específicos para la implementación de las disposiciones, emisión de instrucciones por parte de la Supersolidaria y ajustes regulatorios internos en las organizaciones.
Participación y roles de actores clave
La Superintendencia de la Economía Solidaria tendría un rol fundamental en la supervisión, autorización y emisión de instrucciones generales para la aplicación del decreto. Además, dispondría de la información reportada para facilitar la supervisión y transparencia en el sector. El Fondo de Garantías de Entidades Cooperativas (Fogacoop) estaría facultado para establecer incentivos regulatorios y mecanismos que faciliten el acceso y uso de las figuras de apoyo, en especial para cooperativas y fondos de empleados que fortalezcan sus estructuras de gestión de riesgos.
El proyecto también reconoce la importancia de la participación activa de gremios, asociaciones de segundo y tercer grado, y otros organismos de la economía solidaria como actores que podrían coordinar o prestar servicios en el marco de CSC y ECC. Se prevé además la incorporación de proveedores externos de servicios, incluyendo personas naturales y jurídicas especializadas en áreas como auditoría, tecnología y gestión financiera.
Información adicional y participación ciudadana
El proyecto de decreto fue publicado para comentarios públicos en las páginas web del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y la Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera, durante el periodo del 14 al 29 de marzo de 2025. Se recibieron comentarios de diversas entidades públicas, gremios, organizaciones del sector y organismos multilaterales, algunos de los cuales dieron lugar a ajustes en el articulado para simplificar requisitos, clarificar responsabilidades y ampliar plazos de implementación.
Durante la fase de socialización, se llevaron a cabo talleres y jornadas de capacitación en varias ciudades, con la participación de representantes de cooperativas, fondos de empleados, organismos de supervisión y gremios. Adicionalmente, se realizaron reuniones con entidades que actúan como Centros de Servicios Compartidos y proveedores de apoyo externo, con el fin de validar las propuestas y recoger retroalimentación.
Los interesados podrían acceder al texto completo del proyecto y a los documentos técnicos que lo acompañan en los portales oficiales del Ministerio y la URF. También se habilitarían canales para la recepción de observaciones y sugerencias para su consideración antes de la posible expedición del decreto final.
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Esta iniciativa normativa buscaría impulsar la consolidación, crecimiento y resiliencia del sector solidario de ahorro y crédito, facilitando la adopción de esquemas de cooperación y apoyo que permitan a las organizaciones, especialmente a las más pequeñas, mejorar su eficiencia operativa y cumplimiento regulatorio. Así, se espera contribuir a un sector más sólido, transparente y competitivo, que responda mejor a las necesidades de sus asociados y del entorno económico en general.