Contexto y marco normativo
El proyecto de decreto, anunciado en octubre de 2025 por el Ministerio del Trabajo, buscaría reglamentar la Ley 2365 de 2024, que establece mecanismos para la prevención y sanción del acoso sexual en los ámbitos laboral y educativo. Esta norma complementaría el Decreto 1072 de 2015, conocido como el Único Reglamentario del Sector Trabajo. La iniciativa se fundamentaría en la Constitución Política de Colombia, diversas leyes nacionales y convenios internacionales ratificados por el país, que garantizan el derecho a un trabajo digno y libre de violencias, así como a la igualdad y no discriminación.
Propósito y alcance del proyecto
El propósito principal del proyecto sería crear un Plan Transversal para la Eliminación del Acoso Sexual, que establecería lineamientos para la implementación de medidas integrales de prevención, atención, protección y reparación en los contextos laborales —público y privado— y educativos. El decreto buscaría garantizar los derechos fundamentales a la igualdad, dignidad y vida libre de violencia, con un enfoque diferencial e interseccional que protegería a grupos en situación de vulnerabilidad, como personas con discapacidad, comunidades étnicas, población LGBTIQ+ y adultos mayores.
Medidas específicas propuestas
Entre las medidas que el proyecto contemplaría se incluyen:
- Prevención: Implementación de políticas institucionales de prevención del acoso sexual, estrategias de transformación cultural, campañas de difusión de la Ley 2365 y el Convenio 190 de la OIT, capacitación constante y fortalecimiento de sistemas estadísticos para el seguimiento de casos.
- Atención integral: Designación de órganos o dependencias especializadas con autonomía funcional para la recepción y atención de denuncias, acompañamiento psicosocial y jurídico a las víctimas, activación de rutas internas de atención y articulación con autoridades competentes como Fiscalía y Procuraduría.
- Protección: Evaluación rápida y confidencial de solicitudes de protección, implementación de medidas organizativas y físicas para evitar la revictimización y garantizar condiciones seguras, incluyendo ajustes laborales o académicos que no perjudiquen a la víctima.
- Reparación: Acciones para restablecer derechos y dignidad de las víctimas, como pronunciamientos institucionales, modificaciones en protocolos y ambientes, reubicación laboral o académica, y seguimiento para evitar represalias.
El proyecto también establecería obligaciones específicas para empleadores tanto del sector público como privado, incluyendo la creación y actualización de reglamentos internos, protocolos y procedimientos para investigar y sancionar casos de acoso sexual, con garantía de debido proceso, confidencialidad y no revictimización.
Participación de actores clave
El decreto proyectado implicaría la participación coordinada de múltiples entidades, entre ellas el Ministerio del Trabajo, Ministerio de Educación Nacional, Ministerio de Igualdad y Equidad, Departamento Administrativo de la Función Pública, Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), Ministerio de Justicia y del Derecho, así como las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL) y la Procuraduría General de la Nación. Estas entidades tendrían funciones de asistencia técnica, vigilancia preventiva, seguimiento, evaluación y sanción en caso de incumplimiento.
En el ámbito educativo, las Instituciones de Educación Superior, el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) y las Instituciones de Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano (IETDH) deberán adoptar protocolos y prácticas para prevenir y atender el acoso sexual, garantizando mecanismos accesibles y seguros para la denuncia y atención de las víctimas.
Registro, seguimiento y participación ciudadana
El proyecto establecería la incorporación de un módulo específico para el reporte y monitoreo de casos de acoso sexual en el Sistema Integrado de Información de Violencias de Género (SIVIGE), con estrictas medidas de confidencialidad y protección de datos personales. Además, las entidades públicas y privadas, junto con las instituciones educativas, deberían reportar semestralmente información sobre quejas y sanciones relacionadas con el acoso sexual.
El proyecto fue publicado y socializado para observaciones ciudadanas entre el 14 y 28 de octubre de 2025, permitiendo la participación de la sociedad en su revisión y aportes antes de su posible adopción definitiva.
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Este proyecto de decreto representaría un avance significativo en la regulación para garantizar ambientes laborales y educativos libres de acoso sexual, promoviendo el respeto por los derechos humanos y la igualdad en Colombia. Su implementación contribuiría a fortalecer la cultura de prevención y atención integral, protegiendo a las personas en situación de vulnerabilidad y asegurando un entorno seguro y respetuoso para todas y todos.