Propósito General del Proyecto de Resolución
El proyecto de resolución tiene como propósito modificar el Catálogo General de Cuentas dentro del Marco Normativo para Empresas que no Cotizan en el Mercado de Valores y para Entidades de Gobierno. Estas modificaciones están enfocadas en el registro contable de las obligaciones derivadas de los servicios y tecnologías en salud que gestionan las Entidades Promotoras de Salud (EPS), las Entidades Promotoras de Salud Indígenas (EPSI) y las Entidades Obligadas a Compensar (EOC).
Objetivo Principal y Beneficios
El objetivo principal de esta iniciativa es optimizar el registro contable de las obligaciones por servicios y tecnologías en salud, asegurando que estas se reflejen de manera clara y precisa en la contabilidad de las EPS, EPSI y EOC. Esto contribuye a una mejor administración financiera y al cumplimiento de las normativas establecidas por el sector salud. Además, se busca beneficiar a estas entidades al facilitar un seguimiento más efectivo de sus reservas técnicas y contratos, aspectos fundamentales para garantizar la prestación oportuna y adecuada de servicios de salud a la población.
Nuevas Disposiciones y Mecanismos Introducidos
El proyecto incluye la creación de nuevas subcuentas en la estructura del Catálogo General de Cuentas, destinadas a registrar de manera específica:
- Contratos de capitación por servicios y tecnologías en salud.
- Reservas técnicas por servicios y tecnologías en salud, conocidas y no liquidadas, así como ocurridos no conocidos, financiados tanto con la Unidad de Pago por Capitación (UPC) del régimen subsidiado como con el presupuesto máximo del régimen subsidiado.
Asimismo, se modifican las denominaciones de varias subcuentas existentes para precisar que los financiamientos corresponden al régimen contributivo, diferenciándolos claramente de los del régimen subsidiado.
Acciones y Regulaciones Establecidas
El proyecto establece un plazo para que las empresas adapten sus sistemas de información contable a estas modificaciones, otorgando hasta el 31 de marzo de 2026 para realizar los ajustes necesarios. Además, se dispone que en los estados financieros al 31 de diciembre de 2026 se deberá revelar el impacto de estas modificaciones sobre la situación y rendimiento financiero de cada entidad.
Se aclara que estas modificaciones no implicarán la reexpresión retroactiva de saldos al 31 de diciembre de 2025, manteniendo la comparabilidad de los estados financieros entre los años 2025 y 2026.
Impacto y Alcance Potencial
Con esta actualización, se espera que las EPS, EPSI y EOC cuenten con un marco contable más detallado y adecuado para el registro de sus obligaciones en salud, lo cual fortalecerá la transparencia y la gestión financiera en este sector. Esto también facilitará el cumplimiento de las disposiciones normativas relacionadas con las reservas técnicas para la prestación de servicios de salud, contribuyendo a la estabilidad financiera del sistema.
Participación de Actores Clave
La implementación de este proyecto involucrará principalmente a las Entidades Promotoras de Salud, entidades de gobierno responsables y a la Contaduría General de la Nación como autoridad reguladora y supervisora del cumplimiento normativo. Además, se alineará con las directrices emitidas por la Superintendencia Nacional de Salud y otros entes relacionados con la regulación del sector salud.
Este proyecto de resolución refleja la continuidad en la labor de la Contaduría General de la Nación para actualizar y perfeccionar el marco normativo contable que rige al sector público y a las entidades vinculadas, asegurando así una adecuada gestión financiera y contable acorde con las necesidades y realidades del sector salud en Colombia. Con estas modificaciones, se espera una mayor eficiencia en el manejo de los recursos del sistema de salud y una mejor rendición de cuentas ante la sociedad.