Contexto y naturaleza del acuerdo
El Acuerdo 504 de 2025 es un acto administrativo de carácter interadministrativo suscrito por el Consejo Directivo de la Agencia Nacional de Tierras (ANT) el 30 de julio de 2025, y publicado en el Diario Oficial No. 53.273 el 14 de octubre de 2025. Su objeto principal es la actualización de los linderos registrales del predio Las Mercedes y la realización del saneamiento con tres mejoras, junto con la segunda ampliación del Resguardo Indígena Kankuamo mediante la incorporación de dos mejoras, dos predios fiscales y veinte predios de propiedad colectiva del resguardo, todos ubicados en el municipio de Valledupar, departamento del Cesar.
Este acuerdo responde a un proceso de reconocimiento y consolidación territorial que fortalece el derecho a la tierra de la comunidad indígena Kankuamo, una de las cuatro etnias originarias de la Sierra Nevada de Santa Marta, cuya identidad cultural, espiritual y política está profundamente vinculada a su territorio ancestral.
Objeto y finalidad
La actualización registral y ampliación del Resguardo Kankuamo busca garantizar la propiedad colectiva, inalienable e imprescriptible de las tierras que tradicionalmente ocupan, conforme a los mandatos constitucionales y legales, incluyendo el artículo 63 de la Constitución Política de 1991 y el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, incorporado al bloque de constitucionalidad.
La finalidad es fortalecer el gobierno propio y la autonomía territorial del resguardo, proteger el medio ambiente y los ecosistemas estratégicos presentes en el área, así como mejorar las condiciones de vida y seguridad alimentaria de las más de nueve mil familias que conforman la comunidad, asegurando la pervivencia física y cultural de sus integrantes.
Ámbito de aplicación y disposiciones clave
El acuerdo aplica territorialmente al Resguardo Indígena Kankuamo, ubicado en varias veredas de Valledupar, Cesar. Entre sus principales disposiciones destacan:
- Actualización de linderos y áreas registrales del predio Las Mercedes, con un área ajustada de 156 hectáreas y 5.578 metros cuadrados, conforme a levantamientos planimétricos realizados por la ANT.
- Saneamiento de tres mejoras, con una extensión total de 301 hectáreas y 7.818 metros cuadrados, formalizadas como parte del territorio colectivo del resguardo.
- Segunda ampliación del resguardo con dos mejoras, dos predios fiscales y veinte predios de propiedad colectiva, sumando un área total de 25.862 hectáreas aproximadamente.
- Exclusión expresa de bienes de uso público, como cauces permanentes de ríos, lagos y vías públicas, que permanecen inalienables y de propiedad de la Nación.
- Reconocimiento de la naturaleza jurídica del resguardo como propiedad colectiva, inalienable, imprescriptible e inembargable.
- Asignación de la administración del territorio ampliado a la autoridad tradicional del resguardo, conforme a sus usos y costumbres.
- Incorporación de mecanismos para la distribución equitativa de tierras entre las familias del resguardo, con posibilidad de revisión y reglamentación por parte de la ANT.
- Condiciones para el respeto de servidumbres legales y de utilidad pública, así como para la conservación ambiental y el cumplimiento de la función social y ecológica de la propiedad.
- Establecimiento de procedimientos de publicación, notificación e inscripción registral para formalizar el acto administrativo.
Impacto y relevancia para la comunidad y el territorio
Este acuerdo tiene un impacto significativo en la garantía de los derechos territoriales colectivos del pueblo Kankuamo, facilitando la seguridad jurídica sobre su territorio ancestral y fortaleciendo su autonomía y gobierno propio. La formalización contribuye a la conservación de ecosistemas estratégicos, fuentes hídricas y áreas de especial importancia ambiental, en armonía con las prácticas culturales, espirituales y productivas tradicionales de la comunidad.
Además, la ampliación del resguardo responde a necesidades demográficas y sociales, evitando el hacinamiento y promoviendo el desarrollo sostenible y la seguridad alimentaria. La integración de aspectos técnicos, jurídicos, socioeconómicos y ambientales, junto con la colaboración de entidades como la ONG Amazon Conservation Team y las autoridades ambientales regionales, refleja un enfoque integral para la formalización territorial indígena.
Fundamento legal y mecanismos de seguimiento
El acuerdo se sustenta en un marco normativo robusto, incluyendo la Constitución Política de 1991, la Ley 160 de 1994 y sus modificaciones, el Decreto Único Reglamentario 1071 de 2015, el Decreto Ley 2363 de 2015 que creó la ANT, el Decreto 2811 de 1974 (Código Nacional de Recursos Naturales Renovables), y la Ley 99 de 1993, entre otros.
Asimismo, incorpora las disposiciones de la jurisprudencia constitucional relevante, incluyendo la Sentencia SU-288 de 2022 y el seguimiento a los Autos T-025 y 004 de la Corte Constitucional en materia de derechos indígenas y desplazamiento.
En cuanto a mecanismos de seguimiento, el acuerdo establece la obligación de las autoridades del resguardo y la ANT para vigilar el cumplimiento de la función social y ecológica de la propiedad, y de las autoridades civiles y de policía para proteger el territorio de ocupaciones indebidas. Se prevé la remisión del acuerdo a entidades como la Unidad Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y la Alcaldía Municipal de Valledupar para acciones coordinadas conforme a sus competencias.
Conclusión
El Acuerdo 504 de 2025 representa un paso jurídico y social fundamental para la consolidación territorial del Resguardo Indígena Kankuamo en Valledupar, Cesar. Su implementación reafirma el compromiso del Estado colombiano con la protección de los derechos colectivos de los pueblos indígenas, la defensa de la diversidad cultural y la conservación ambiental en territorios ancestrales, elementos esenciales para el desarrollo integral y sostenible de estas comunidades. Así, se sientan las bases para un futuro en el que la comunidad Kankuamo pueda ejercer plenamente su autonomía, preservar su identidad y asegurar el bienestar de las generaciones venideras.