Entidad emisora, fecha y alcance
La Resolución 00002117 fue emitida el 16 de octubre de 2025 por el Ministerio de Salud y Protección Social y publicada en el Diario Oficial No. 53.276 el 17 de octubre de 2025. Esta norma establece el Modelo de Gestión de Tiempos de Espera (MGTE) para el acceso a la atención médica y a las tecnologías en salud, aplicable a entidades promotoras de salud (EPS), prestadores públicos, privados y mixtos, secretarías de salud, proveedores de tecnologías en salud, la Superintendencia Nacional de Salud, la Administradora de Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (Adres) y el Instituto de Evaluación Tecnológica en Salud (IETS).
Tema principal y destinatarios
El MGTE regula la gestión y reducción de los tiempos de espera para servicios y tecnologías en salud, un aspecto crucial para garantizar el derecho fundamental a la salud reconocido en la Constitución y la Ley Estatutaria de Salud. Los destinatarios son principalmente las EPS, prestadores de servicios y entidades territoriales de salud, responsables directos de la atención y aseguramiento en salud, así como las autoridades encargadas de la supervisión y control del sistema.
Objetivo de la resolución
La resolución busca adoptar un modelo integral que permita registrar, monitorear y evaluar de manera sistemática los tiempos de espera en distintos servicios de salud. Su finalidad es fortalecer la toma de decisiones para mejorar la oportunidad, calidad y accesibilidad en la prestación de servicios, reducir las demoras injustificadas y evitar la negación indebida de servicios.
Decisiones y regulaciones clave
El MGTE se compone de tres pilares fundamentales:
- Gobernanza: Establece principios de capacidad de respuesta, participación, responsabilidad y transparencia en la gestión de los tiempos de espera.
- Herramientas de monitoreo y evaluación: Se implementan indicadores específicos para medir el cumplimiento de tiempos de espera, permitiendo seguimiento continuo y evaluaciones rigurosas.
- Sistemas de información: Uso obligatorio del aplicativo MIPRES y otras herramientas tecnológicas para el registro en tiempo real de consultas, procedimientos y tecnologías prescritas, facilitando reportes y análisis estadísticos.
Además, se crea un Comité Técnico encargado de asesorar, monitorear y proponer planes de acción para la mejora continua del modelo. Se fija un régimen de transición en tres fases para su implementación gradual entre los diferentes actores del sistema, con el fin de validar metodologías y ajustar estándares de acuerdo con la realidad territorial y epidemiológica.
Base legal y normatividad relacionada
La resolución se fundamenta en diversas normas, entre ellas la Ley 100 de 1993, la Ley Estatutaria 1751 de 2015, el Decreto Ley 019 de 2012 y sus modificaciones, la Ley 1122 de 2007, así como sentencias y autos de la Corte Constitucional que han destacado la importancia de garantizar tiempos de espera razonables y el acceso efectivo a los servicios de salud. También se articula con otras disposiciones recientes sobre calidad, prescripción de tecnologías (como las Resoluciones 740 de 2024 y 2622 de 2024) y el Modelo de Salud Preventivo, Predictivo y Resolutivo.
Impacto potencial
La adopción del MGTE representa un avance significativo en la gestión del Sistema General de Seguridad Social en Salud, al introducir un mecanismo estandarizado para medir y mejorar los tiempos de espera, un problema histórico identificado por la Corte Constitucional y usuarios. La implementación progresiva y territorialmente diferenciada permitirá adaptar las soluciones a las particularidades locales y fortalecer la transparencia y rendición de cuentas. Asimismo, la integración con sistemas tecnológicos y la participación de diversos actores promoverán un manejo más eficiente de recursos y mejorarán la experiencia y satisfacción de los usuarios en el acceso a servicios y tecnologías en salud.
En suma, esta resolución sienta las bases para un sistema de salud más oportuno, equitativo y eficiente, alineado con los principios constitucionales y la normativa vigente en materia de derecho fundamental a la salud, contribuyendo así al bienestar general de la población colombiana.