Entidad emisora y contexto normativo
La
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) emitió la
Resolución número 000230 de 2025 el 20 de octubre de 2025, publicada en el Diario Oficial No. 53.280. Esta norma modifica el artículo 2.2.5 de la Resolución 000180 de 2024, la cual había sido adicionada por la Resolución 000204 de 2025. La base legal que sustenta estas disposiciones incluye el Decreto Ley 2245 de 2011, el Decreto 1742 de 2020, y la Resolución Externa número 1 de 2018 de la Junta Directiva del Banco de la República, entre otros.
Tema principal y destinatarios
El tema central de la resolución es la
modificación de los plazos para la presentación de la información exógena cambiaria que deben entregar los intermediarios del mercado cambiario (IMC), los titulares de cuentas de compensación y los concesionarios de servicios de correos que presten servicios financieros. Los destinatarios son, por tanto, estos grupos obligados, quienes tienen un papel clave en el cumplimiento del régimen cambiario y en la transparencia de las operaciones de cambio en Colombia.
Objetivo de la resolución
El principal objetivo es otorgar un plazo adicional para la entrega de información correspondiente a periodos trimestrales no reportados entre octubre de 2023 y marzo de 2026. Esta ampliación busca facilitar la adecuación técnica y operativa de los sistemas informáticos de los obligados al reporte, en atención a las nuevas especificaciones técnicas y procedimientos emitidos por el Banco de la República a través de la Circular Reglamentaria Externa DCIP 83 de 2023.
Decisiones clave y regulaciones
La resolución establece que:
- La información exógena cambiaria de los IMC correspondiente al periodo entre el 30 de octubre y el 31 de diciembre de 2023, así como de los cuatro trimestres del 2024, deberá presentarse a más tardar el 31 de enero de 2026.
- La información correspondiente a los cuatro trimestres de 2025 y al primer trimestre de 2026 deberá entregarse a más tardar el 30 de abril de 2026.
- Para los titulares de cuentas de compensación y los concesionarios de servicios de correos financieros, los plazos son los mismos que para los IMC, respectivamente para los periodos indicados.
- A partir del segundo trimestre de 2026, la presentación de información se ajustará nuevamente a los vencimientos trimestrales establecidos en la Resolución 000180 de 2024.
Además, la resolución incorpora que los formatos técnicos contenidos en los anexos serán los aplicables para reportar las declaraciones de cambio y los informes de crédito externo en los plazos establecidos.
Impacto y relevancia
Esta modificación tiene un impacto significativo en el cumplimiento formal de las obligaciones cambiarias. Al otorgar más tiempo para la entrega de información, la DIAN reconoce los retos técnicos y operativos que enfrentan los intermediarios y titulares de cuentas de compensación para adaptarse a las nuevas estructuras y validaciones informáticas. Esto contribuye a una mejor calidad de la información reportada y a una supervisión más efectiva del régimen cambiario.
Base legal y vigencia
La resolución se fundamenta en normas nacionales y disposiciones del Banco de la República, incluyendo el Decreto Ley 2245 de 2011, el Decreto 1742 de 2020 y la Resolución Externa 1 de 2018. En cuanto a su vigencia, la norma rige a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial, conforme al artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.
Conclusión
La Resolución 000230 de 2025 de la DIAN ajusta los plazos para la entrega de información exógena cambiaria, respondiendo a las modificaciones técnicas del Banco de la República y facilitando el cumplimiento para los sujetos obligados. Este cambio normativo busca fortalecer el control y la vigilancia de las operaciones de cambio en Colombia, garantizando la actualización y precisión de los datos que recibe la entidad tributaria. Así, se promueve un entorno más transparente y eficiente para la supervisión del mercado cambiario, beneficiando tanto a los entes reguladores como a los participantes del mercado.