Entidad emisora y marco normativo
La Resolución 1597 de 2025, publicada en el Diario Oficial No. 53.280 el 21 de octubre de 2025, fue expedida por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, a través del Director de Mipymes encargado de las funciones del Viceministro de Turismo. Esta resolución se fundamenta en los artículos 2.2.4.10.2.1 y 2.2.4.10.2.3 del Decreto 1074 de 2015, adicionado por el Decreto 1155 de 2020, y en las Resoluciones 1319 de 2020 y 0680 de 2022.
Asunto principal y destinatarios
El tema central es la calificación de la iniciativa “La Mangla - Ciudad Turística”, presentada por la empresa FEMA REFORESTACIONES S.A.S., como Proyecto Turístico Especial de Gran Escala (PTE). Esta calificación está dirigida principalmente a empresas promotoras de proyectos turísticos de gran escala, autoridades locales y sectores vinculados al desarrollo turístico, dado que la resolución establece un marco para la planificación, financiación y ejecución de infraestructura turística estratégica.
Objetivo de la resolución
El objetivo es reconocer formalmente la iniciativa como un PTE, lo que implica su incorporación en las políticas nacionales y sectoriales de turismo, favoreciendo la atracción de inversión, la innovación, la creación de empleo y el fortalecimiento institucional del sector. Esta calificación habilita al proyecto para acceder a beneficios regulatorios y financieros que faciliten su desarrollo.
Decisiones y regulaciones principales
La resolución califica la iniciativa “La Mangla - Ciudad Turística” como infraestructura de Proyecto Turístico Especial de Gran Escala, tras un proceso de evaluación riguroso que incluyó la conformación de un Equipo Técnico Evaluador y la revisión por parte del Comité Interno de Calificación. El proyecto obtuvo un puntaje del 76.9%, superando el mínimo requerido del 50%.
Se establece una vigencia inicial de seis meses para esta calificación, prorrogable por tres meses adicionales. Durante este periodo, no se podrá aprobar otra calificación para el área incluida en la iniciativa, salvo que el interesado renuncie expresamente o acepte modificaciones para articularse con otra propuesta.
Además, se dispuso la notificación formal a la empresa proponente y a las autoridades municipales de San Onofre, Sucre, en cumplimiento de las normativas vigentes.
Base legal y procedimiento
La resolución se sustenta en el artículo 18 de la Ley 300 de 1996 y su modificación por la Ley 1955 de 2019, el Decreto 1074 de 2015 y su adición por el Decreto 1155 de 2020, así como en las Resoluciones 1319 de 2020 y 0680 de 2022 del Ministerio. Estas normas regulan la definición, calificación y evaluación de los Proyectos Turísticos Especiales de Gran Escala y establecen los criterios técnicos, jurídicos y administrativos para su aprobación.
El procedimiento contempló la presentación de la iniciativa, la solicitud y concesión de prórrogas para la entrega de documentación, la evaluación técnica por un equipo especializado y la recomendación unánime del Comité Interno de Calificación para otorgar la calificación.
Impacto potencial
La calificación como PTE implica un impulso significativo para “La Mangla - Ciudad Turística”, facilitando su desarrollo en un marco normativo que promueve la inversión, la conectividad, la innovación y la generación de empleo. Asimismo, contribuye al cumplimiento de las metas del Plan Nacional de Desarrollo y el Plan Sectorial de Turismo, fortaleciendo la infraestructura turística regional y nacional.
Este reconocimiento también establece un precedente para futuros proyectos turísticos de gran escala, definiendo un estándar claro para la evaluación y aprobación de iniciativas que buscan dinamizar el sector turismo en Colombia. Con esta calificación, “La Mangla - Ciudad Turística” se posiciona como un referente en el desarrollo sostenible y estratégico del turismo en el país, promoviendo beneficios económicos, sociales y ambientales para la región y sus comunidades.Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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