Consejo de Estado emite salvamento parcial sobre condena en costas en proceso tributario
Proviene de: Sentencias
22 de octubre de 2025 13:17:41
Contexto y naturaleza de la providencia
La providencia en cuestión es un salvamento parcial de voto emitido por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, del Consejo de Estado en segunda instancia. Este documento complementa la sentencia dictada el 2 de octubre de 2025 en el proceso con radicación 25000-23-37-000-2021-00546-01, promovido por una empresa del sector hotelero contra la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). El salvamento parcial se centra en la decisión de condenar en costas a la parte demandante en segunda instancia, a partir de la modificación del precedente judicial sobre los criterios para imponer dicha condena.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso judicial se originó a partir de una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho presentada por una empresa contra la DIAN. En primera instancia, se determinó la condena en costas a la parte demandante. Sin embargo, la sentencia del 23 de septiembre de 2025, que modificó el precedente judicial sobre la imposición de costas, generó controversia respecto a la aplicación de este criterio en segunda instancia. El debate jurídico se centró en la interpretación del artículo 188 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), adicionado por la Ley 2080 de 2021, y del artículo 365 del Código General del Proceso (CGP), que regulan la condena en costas.
Consideraciones jurídicas y fundamento de la decisión
El salvamento parcial expone que las costas procesales comprenden los gastos que debe asumir la parte vencida en un proceso, incluyendo honorarios de abogados, peritos, y otros conceptos relacionados con el trámite judicial. El artículo 188 del CPACA establece que la condena en costas debe ser resuelta en sentencia, salvo en procesos que involucren un interés público, y que procede cuando la demanda se presenta con manifiesta carencia de fundamento legal.
El análisis del Consejo de Estado distingue entre dos posturas predominantes en la interpretación de esta norma: (i) el criterio objetivo, que impone la condena en costas automáticamente a la parte vencida, y (ii) el criterio objetivo-valorativo, que permite al juez valorar aspectos como la conducta procesal, el interés del proceso y la acreditación de los gastos causados.
La Sala resaltó que la Sección Segunda del Consejo de Estado ha aplicado la condena en costas únicamente en casos de mala fe o carencia manifiesta de fundamento legal. Además, citó la Sentencia SU 241 de 2024 de la Corte Constitucional, que corrigió la interpretación automática de la condena en costas en casos de reparación de víctimas, al reconocer el interés público en esas materias.
El punto central del salvamento es que el concepto de interés público debe entenderse de manera amplia, incluyendo no solo acciones públicas sino también ámbitos como la protección de víctimas, la paz, la seguridad, el medio ambiente, la defensa de minorías, y especialmente, los asuntos tributarios. En materia tributaria, el interés público se relaciona con el adecuado recaudo de impuestos y contribuciones, fundamentales para financiar los derechos sociales y el funcionamiento del Estado.
Por ello, la providencia sostiene que en debates tributarios se configura un interés público que justifica la exclusión de la condena en costas, orientando a que el juez no solo aplique un criterio objetivo sino que realice un análisis valorativo que considere las particularidades del caso.
Implicaciones jurídicas
Esta decisión aporta claridad sobre el alcance del artículo 188 del CPACA y el artículo 365 del CGP en materia de condena en costas, subrayando la necesidad de un enfoque flexible y contextualizado. Además, reconoce la importancia del interés público en procesos tributarios, alineándose con la jurisprudencia constitucional para evitar una imposición automática de costas que pudiera afectar el acceso a la justicia y el cumplimiento de fines estatales esenciales.
La providencia invita a una práctica judicial más equilibrada y consciente de las consecuencias sociales y económicas de la condena en costas, especialmente en litigios que involucran recursos públicos y derechos fundamentales. De esta manera, se promueve un sistema judicial que protege el derecho de los contribuyentes a cuestionar decisiones administrativas sin el temor automático de incurrir en sanciones económicas, fortaleciendo la transparencia y la justicia en el ámbito tributario.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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