El proceso se encuentra reglamentado por la Resolución 0730 del 9 de octubre de 2025 y establece las condiciones para la presentación y selección de proyectos ubicados en municipios de categorías 3, 4, 5 y 6 o en donde la entidad territorial haya provisto el suelo, sin importar la categoría.
Requisitos para oferentes y proyectos
Los oferentes deben estar legalmente constituidos, inscritos en la cámara de comercio, contar con experiencia mínima de cinco años en proyectos de vivienda, y no estar inhabilitados o sancionados por incumplimientos contractuales. Además, deben presentar proyectos con un avance de obra igual o superior al 90%, con licencias urbanísticas y de construcción vigentes.
Los proyectos deberán cumplir con criterios relacionados con la localización urbanística, esquemas de gestión de suelo, cesiones urbanísticas, diseño paisajístico, características habitacionales, sistemas alternativos de energía y ahorro de agua, así como la financiación garantizada para al menos diez hogares compradores potenciales.
Proceso de registro, calificación y postulación
El registro de oferentes y proyectos se realizará a través de la plataforma operativa del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Tras la validación documental y la subsanación de observaciones, se llevará a cabo la evaluación y calificación de los proyectos según criterios técnicos, urbanos, sociales y financieros, con un puntaje máximo de 100 puntos. Solo proyectos con al menos 60 puntos podrán avanzar a la etapa de postulación de hogares.
Los hogares postulados deben cumplir requisitos específicos, como clasificación en el Sisbén IV, no ser propietarios de vivienda, y otros criterios sociales y legales. La documentación de los hogares será verificada rigurosamente para garantizar la transparencia y legalidad en la asignación del subsidio.
Asignación y legalización del subsidio
La asignación del Subsidio Familiar de Vivienda será formalizada mediante acto administrativo y publicada en la página web del Ministerio de Vivienda. La aplicación del subsidio se realizará en la escritura pública de compraventa, y el oferente podrá iniciar el cobro del subsidio una vez registrada la escritura y aportada la documentación requerida.
Cronograma y disposiciones finales
La convocatoria establece plazos claros para registro, validación, presentación de proyectos, evaluación, comunicación de resultados, presentación de reclamaciones, publicación definitiva de proyectos habilitados y postulación de hogares. El Fondo Nacional de Vivienda podrá realizar aclaraciones o modificaciones durante el proceso, comunicándolas oficialmente.
Se destaca que el tratamiento de la información se realizará conforme a la Ley 1581 de 2012, garantizando la protección de datos de los participantes.
Esta convocatoria representa una oportunidad para promover el acceso a la vivienda nueva en sectores vulnerables, asegurando la transparencia y cumplimiento de requisitos técnicos y legales en la selección y asignación del subsidio familiar de vivienda. Los interesados pueden consultar los términos completos y realizar su registro a través de la plataforma oficial del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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