Contexto y alcance del proyecto de decreto
El proyecto de decreto, anunciado en 2025 por la Presidencia de la República, buscaría modificar el Decreto 1081 de 2015, que contiene el Reglamento Único del Sector Presidencia de la República. Este decreto reglamentario establecería nuevas directrices para la técnica normativa, con el fin de racionalizar la expedición de decretos y resoluciones, fortalecer la seguridad jurídica, evitar la dispersión normativa y optimizar recursos en la producción normativa.
El marco normativo de referencia incluye, entre otros, la Constitución Política de Colombia, las Leyes 489 de 1998 y 1437 de 2011, y el Documento CONPES 3816 de 2014 que dio inicio a la Política de Mejora Normativa (PMN) en Colombia.
Objetivo principal y sectores afectados
El proyecto de decreto tendría como objetivo principal establecer directrices claras y actualizadas para la elaboración de normas de carácter general y abstracto por parte de las entidades de la Rama Ejecutiva, tanto a nivel nacional como territorial, en el marco del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG). Se buscaría beneficiar a la ciudadanía, entidades públicas y actores interesados, promoviendo la transparencia, participación ciudadana y calidad técnica y jurídica en la regulación.
Modificaciones y medidas específicas propuestas
Entre las modificaciones relevantes, el proyecto sustituiría el Título 2 de la Parte 1 del Libro 2 del Decreto 1081 de 2015, concentrando aspectos dispersos de técnica normativa en un solo decreto. Se incorporarían lineamientos detallados sobre:
- El objeto, ámbito de aplicación y finalidad de las directrices generales de técnica normativa.
- La obligación de elaborar agendas regulatorias anuales con proyectos normativos previstos para consulta pública.
- El diseño de la regulación, incluyendo la elaboración de memorias justificativas con contenido específico y detallado.
- La redacción de decretos y resoluciones con estructura clara, coherente y precisa.
- El procedimiento obligatorio de consulta pública a través del Sistema Único de Consulta Pública (SUCOP), con plazos mínimos y mecanismos para la participación ciudadana.
- La revisión, evaluación y depuración normativa periódica para garantizar la eficacia y actualización del ordenamiento jurídico.
- La coordinación interinstitucional y la creación de una Comisión Intersectorial para la Mejora Normativa, integrada por delegados de entidades clave, destinada a la implementación y seguimiento de la PMN.
Además, se establecería la prohibición expresa de crear faltas, sanciones, multas, tasas o contribuciones mediante decretos o resoluciones de carácter general y abstracto.
Acciones y disposiciones para la implementación
Las entidades de la Rama Ejecutiva tendrían la responsabilidad de cumplir con las directrices para planificar, diseñar, redactar, consultar, revisar, publicar y evaluar la regulación. Deberían remitir a la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República los proyectos normativos que requieran la firma presidencial, acompañados de las memorias justificativas debidamente suscritas por los responsables jurídicos.
La plataforma SUCOP sería la herramienta oficial para la consulta pública, a través de la cual se centralizarían los procesos de participación ciudadana, garantizando transparencia y trazabilidad.
Se promovería la coordinación con las autoridades territoriales, respetando su autonomía administrativa y política, con el acompañamiento del Departamento Nacional de Planeación y el Ministerio de Justicia y del Derecho.
Participación de actores clave
El proyecto indicaría que el Departamento Nacional de Planeación y el Ministerio de Justicia y del Derecho coordinarían la implementación de la Política de Mejora Normativa en la Rama Ejecutiva. La Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República tendría un rol decisorio en los asuntos relacionados con la mejora normativa.
Se crearía la Comisión Intersectorial para la Mejora Normativa, integrada por delegados de la Presidencia, los ministerios de Justicia y de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, el Departamento Administrativo de la Función Pública, el Departamento Nacional de Planeación y otras entidades invitadas, encargada de coordinar acciones, proponer lineamientos y hacer seguimiento a la implementación del decreto.
Acceso al proyecto y participación ciudadana
En cumplimiento con la Ley 1437 de 2011 y la Política de Mejora Normativa, el proyecto de decreto y su memoria justificativa habrían sido publicados en la página web del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y en el Sistema Único de Consulta Pública (SUCOP). Se establecería un periodo para recibir comentarios y observaciones por parte de la ciudadanía y grupos de interés, con el compromiso de analizar y responder dichos aportes.
Este mecanismo buscaría fortalecer la participación ciudadana en la producción normativa, garantizando la transparencia y el acceso a la información.
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Este proyecto de decreto representaría un paso importante para modernizar y mejorar la calidad técnica y jurídica de la regulación expedida por la Rama Ejecutiva, promoviendo un marco normativo más claro, coherente y participativo, en beneficio de la seguridad jurídica y el buen gobierno en Colombia. Su implementación contribuiría a una gestión pública más eficiente, transparente y orientada al servicio de la ciudadanía, alineándose con los principios de legalidad y democracia.