Entidad emisora, número y fecha de la resolución
La Resolución número 20251000081907CS fue emitida el 21 de octubre de 2025 por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada y publicada en el Diario Oficial No. 53.282 el 23 de octubre de 2025. Este acto administrativo se fundamenta en diversas normas constitucionales y legales, incluyendo el Decreto Ley 356 de 1994, la Ley 2454 de 2025, y varios decretos reglamentarios relacionados con la vigilancia y seguridad privada.
Tema principal y destinatarios
El tema central de la resolución es la regulación del uso de caninos como medios para la prestación de servicios de vigilancia y seguridad privada. Está dirigida a las empresas y personas naturales que operan en este sector y utilizan perros como parte de sus recursos para garantizar la seguridad. Este público es relevante dado que la actividad implica la interacción directa de los caninos con la ciudadanía y requiere un estricto control para proteger tanto a las personas como a los animales involucrados.
Objetivo y finalidad de la resolución
La resolución tiene por finalidad establecer un marco normativo claro y detallado que permita la prestación del servicio con medio canino bajo estándares técnicos, éticos y legales que aseguren el bienestar animal, la eficiencia operativa y el respeto a los derechos fundamentales. Además, busca actualizar y armonizar las normas existentes con los nuevos lineamientos internacionales y nacionales en materia de protección animal y seguridad privada.
Decisiones y regulaciones principales
Entre las principales disposiciones, la resolución:
- Define términos clave como adiestramiento en positivo, binomio (manejador y canino), bienestar animal, y establece obligaciones para la acreditación y certificación del personal y los perros.
- Establece requisitos para el adiestramiento, evaluación y certificación anual de los caninos, así como para el registro obligatorio de los códigos caninos ante la Superintendencia.
- Determina las razas autorizadas para vigilancia y seguridad, con posibilidad de autorización excepcional para otras razas tras evaluación técnica.
- Regula la jornada laboral máxima para los perros (6 horas para detección y 8 para defensa controlada) y establece la obligación de contar con perros de reserva para reemplazos.
- Impone la prohibición de que personas no certificadas manejen los caninos y limita el porte de armas de fuego a los manejadores durante el servicio.
- Establece detallados requisitos para la infraestructura de las unidades caninas y puestos de trabajo, garantizando condiciones adecuadas de higiene, seguridad, bioseguridad, confort térmico y espacios para el esparcimiento de los perros.
- Regula la documentación que debe mantenerse actualizada, incluyendo hojas de vida, historia clínica, certificados etológicos y médicos veterinarios, y registros de actividades diarias.
- Disposiciones específicas para el retiro y adopción responsable de los perros una vez superen la edad máxima de servicio o presenten condiciones de salud que impidan su labor.
- Establece mecanismos de inspección y vigilancia, con facultades para operativos no anunciados en unidades caninas y puestos de trabajo, en coordinación con autoridades y entidades de bienestar animal.
Base legal y modificaciones normativas
La resolución se fundamenta en la Constitución Política de Colombia, especialmente en artículos relacionados con la dignidad humana, el trabajo, el bienestar animal y la función social del Estado. Asimismo, toma como base leyes nacionales como el Decreto Ley 356 de 1994, la Ley 1774 de 2016 (protección animal), la Ley 2454 de 2025, la Ley 2455 de 2025, y el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011). Deroga expresamente las Resoluciones 20174440098277 de 2017 y 2020-0010437 de 2002, actualizando el marco regulatorio sobre el uso del medio canino.
Plazos y régimen de transición
La resolución entra en vigor de manera inmediata, estableciendo un régimen transitorio de 18 meses para la adecuación a ciertas disposiciones específicas, tales como requisitos documentales y condiciones de infraestructura. El registro de códigos caninos tendrá una vigencia máxima de seis años, con reconocimiento de actos administrativos previos hasta la expiración de sus plazos.
Impacto potencial
Esta regulación representa un avance significativo para el sector de vigilancia y seguridad privada, al establecer estándares claros que equilibran la protección de derechos humanos, el bienestar animal y la eficiencia en la prestación del servicio. Con un enfoque en la ética, la profesionalización y la supervisión estatal, se busca fortalecer la confianza ciudadana en estos servicios y promover prácticas responsables en el manejo de los caninos, contribuyendo así a una convivencia social más segura y respetuosa.
En conclusión, la Resolución 20251000081907CS marca un hito en la regulación del uso de caninos en seguridad privada en Colombia, garantizando que su uso se realice bajo criterios técnicos y humanos adecuados, lo que favorece tanto a los animales como a las personas. Su implementación exitosa dependerá del compromiso de los actores involucrados y de la vigilancia efectiva por parte de las autoridades competentes.