Consejo de Estado anula registros marcarios por riesgo de confusión y ordena cancelación de marcas
Proviene de: Sentencias
29 de octubre de 2025 0:3:12
Providencia del Consejo de Estado en materia marcaria
La Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera del Consejo de Estado, emitió una sentencia en única instancia, mediante la cual resolvió la acción de nulidad relativa interpuesta por una sociedad contra la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC). La demanda cuestionaba la legalidad de cuatro resoluciones administrativas que concedieron el registro de las marcas nominativa “NATRUCAN” y mixta “N NATRUCAN” para productos de las clases 3ª y 5ª de la Clasificación Internacional de Niza, solicitadas por un tercero con interés directo en el proceso.
Antecedentes del caso
El conflicto se originó cuando el tercero con interés solicitó el registro de las mencionadas marcas en 2015, las cuales fueron objeto de oposición por parte de la sociedad demandante, titular de una familia de marcas denominadas “NUTRECAN” registradas en las clases 3ª y 31ª. La oposición fue declarada infundada en primera instancia por la Dirección de Signos Distintivos de la SIC y confirmada en apelación por el Superintendente Delegado para la Propiedad Industrial. La sociedad demandante acudió entonces a la jurisdicción contencioso-administrativa para impugnar estas decisiones.
Consideraciones jurídicas y análisis del Consejo de Estado
La Sala revisó, en primer lugar, la competencia para conocer del asunto y constató el agotamiento de la vía gubernativa. Posteriormente, analizó los actos administrativos acusados y el problema jurídico planteado: si la concesión de los registros marcarios vulneraba las disposiciones de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina y la Ley 1437 de 2011, en particular en cuanto a las causales de irregistrabilidad y al debido proceso.
Para fundamentar su decisión,...
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