Consejo de Estado confirma responsabilidad patrimonial del Estado por omisión en protección a erradicadores de cultivos ilícitos
Proviene de: Sentencias
28 de octubre de 2025 22:37:51
Contexto y naturaleza de la providencia
La Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección C del Consejo de Estado, en Bogotá D.C., emitió una sentencia de segunda instancia el 17 de septiembre de 2025, en el proceso de reparación directa identificado con la radicación 50001233100020060083501 (49492). La providencia resuelve los recursos de apelación interpuestos por las entidades demandadas contra la sentencia del 23 de abril de 2013, dictada por el Tribunal Administrativo del Meta, que accedió a las pretensiones de la demanda.
Antecedentes fácticos y procesales
En febrero de 2006, un erradicador manual de cultivos ilícitos, que formaba parte del Programa de Erradicación Manual de Cultivos Ilícitos de Acción Social, fue víctima de un ataque armado perpetrado por las FARC en el Parque Nacional Natural Serranía de la Macarena, departamento del Meta. El ataque dejó varios policías muertos y causó lesiones graves al erradicador, incluyendo heridas por arma de fuego y fracturas en la región perianal y perirrectal.
La demanda fue presentada en julio de 2006, en nombre propio y representación de familiares, solicitando la declaración de responsabilidad patrimonial de la Nación – Ministerio de Defensa – Policía Nacional y del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, por falla en el servicio de protección. Se argumentó que las entidades no previnieron el ataque ni verificaron la seguridad de la zona antes de iniciar las labores de erradicación.
Las demandadas objetaron la demanda, señalando que la responsabilidad no les correspondía o que el daño fue causado exclusivamente por terceros (las FARC), y alegaron falta de legitimación en la causa por pasiva. El Tribunal...
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