Entidad emisora, número y fecha de la resolución
La Resolución 502 128 de 2024 fue emitida por la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) el 19 de diciembre de 2024 y publicada en el Diario Oficial No. 53.288 el 29 de octubre de 2025. Esta entidad es la encargada de regular y fijar las tarifas para los servicios públicos domiciliarios de gas combustible en Colombia, de acuerdo con lo establecido en la Ley 142 de 1994 y sus decretos reglamentarios.
Objeto y destinatarios de la resolución
El tema central de la resolución es la aprobación del Mercado Relevante Especial de Distribución de GLP por redes de tubería, conformado por las veredas El Horizonte y Las Delicias, ubicadas en el municipio de Suaza, departamento del Huila. También se establecen los cargos de distribución por uso del sistema y el componente fijo del costo de comercialización para este mercado.
Los destinatarios principales son la empresa distribuidora SURCOLOMBIANA DE GAS S.A. E.S.P., encargada de la prestación del servicio en esta área, y las entidades territoriales como la Alcaldía de Suaza y la Gobernación del Huila, que aportan recursos públicos para la infraestructura. Además, involucra a los usuarios regulados del servicio público domiciliario de GLP, principalmente en zonas rurales y de estratos 1 y 2.
Finalidad de la resolución
El propósito fundamental es establecer las condiciones tarifarias y el marco regulatorio para la distribución especial del servicio público domiciliario de GLP en una zona rural específica. Esto busca facilitar la construcción y operación de la red de distribución, garantizar la adecuada remuneración de la inversión y operación, y promover el acceso al gas combustible en comunidades con necesidades especiales.
Decisiones y regulaciones principales
Entre las principales decisiones adoptadas se encuentran:
- La aprobación del Mercado Relevante Especial para las veredas El Horizonte y Las Delicias, definiendo la zona geográfica y los usuarios que integran este mercado.
- El establecimiento de un único cargo de distribución aplicable a usuarios residenciales y no residenciales, dada la configuración del sistema de distribución donde todos los usuarios están conectados a la red secundaria.
- La fijación del componente fijo del costo de comercialización, que cubre los costos de inversión y operación de la comercialización minorista de GLP.
- La definición de un programa de inversiones para la construcción inicial de la infraestructura, con un monto base aprobado de aproximadamente $1.478 millones de pesos colombianos (valor a diciembre de 2022).
- La exigencia para que la empresa distribuidora presente un cronograma detallado de inicio y avance de la construcción del sistema de distribución, con informes semestrales para la supervisión por parte de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.
- El establecimiento de plazos para que, en caso de no iniciar la prestación efectiva del servicio en un año, la aprobación tarifaria pierda vigencia, permitiendo que otra empresa pueda solicitar cargos para ese mercado.
- La vigencia de los cargos y la fórmula tarifaria aprobada, que será de cinco años, renovable según lo dispuesto en la normativa vigente.
Fundamento legal
La resolución se fundamenta en la Ley 142 de 1994, especialmente en sus artículos 14, 28, 73, 87, 88 y 126, así como en decretos reglamentarios 2253 de 1994 y 1260 de 2013. Además, se apoya en resoluciones previas de la CREG, como la 137 de 2013 (fórmulas tarifarias generales), 202 de 2013 y sus modificaciones (metodología de distribución), y la 102 003 de 2022 (metodología de comercialización). La normativa establece el marco para la fijación de tarifas, la metodología para su cálculo y las condiciones para la aprobación de cargos.
Modificaciones y aspectos técnicos
La resolución corrige un error en la codificación de la vereda Las Delicias conforme a la base de datos del DANE, asegurando precisión en la identificación del mercado relevante. También ajusta los cálculos tarifarios con base en la información proporcionada por la empresa distribuidora y conforme a la metodología vigente.
Impacto y relevancia
Esta resolución tiene un impacto significativo en la ampliación del servicio público domiciliario de gas combustible en zonas rurales del departamento del Huila, facilitando el acceso al GLP mediante redes de tubería. La regulación clara de los cargos tarifarios y el seguimiento riguroso de las inversiones buscan garantizar la sostenibilidad económica del proyecto y la protección de los derechos de los usuarios. Además, promueve la transparencia y la supervisión efectiva mediante la participación de autoridades locales y entidades de control.
En suma, la Resolución 502 128 de 2024 establece un marco tarifario y regulatorio que impulsa la prestación eficiente y segura del servicio de GLP en una zona rural vulnerable, en línea con los objetivos constitucionales y legales del servicio público domiciliario en Colombia. Esta iniciativa representa un avance importante para mejorar la calidad de vida de las comunidades rurales en Suaza, Huila, asegurando un suministro estable, seguro y accesible de gas combustible que contribuye al desarrollo social y económico de la región.