Ministerio de Transporte prorroga permiso especial para operadores portuarios marítimos de Buenaventura
Proviene de: Resoluciones
31 de octubre de 2025 19:40:14
Entidad emisora, número y fecha de la resolución
La resolución en análisis fue expedida por el Ministerio de Transporte, específicamente por la Subdirección de Transporte, bajo el número 20253040044085, con fecha del 28 de octubre de 2025 y publicada en el Diario Oficial No. 53.288 del 29 de octubre de 2025.
Tema principal y destinatarios
El tema central de la resolución es la prórroga del permiso especial y transitorio otorgado a los operadores portuarios marítimos que realizan actividades de porteo en Buenaventura. Esta autorización permite a dichos operadores agendar citas o turnos mediante un módulo especial denominado INSIDE, dentro del Sistema Nacional de Despachos de Carga (RNDC). El destinatario principal de esta regulación son los operadores portuarios marítimos registrados ante la Superintendencia de Transporte, quienes desempeñan un papel crucial en la cadena logística y en la economía local del distrito especial, industrial, portuario, biodiverso y ecoturístico de Buenaventura.
Objetivo de la resolución
El propósito de la resolución es prorrogar la vigencia del permiso especial y transitorio inicialmente otorgado mediante la Resolución número 20243040032425 del 17 de julio de 2024. Esta prórroga busca asegurar la continuidad de las operaciones portuarias mientras se concluye el proceso de armonización y adecuación normativa para incorporar de manera permanente el agendamiento de citas en el RNDC, ajustado a las particularidades operativas del sector portuario.
Principales decisiones y regulaciones
La resolución establece la extensión por 18 meses adicionales de la vigencia del permiso especial y transitorio para los operadores portuarios marítimos de Buenaventura. Se modifica el artículo tercero de la resolución anterior, que regula la transitoriedad del permiso, disponiendo que esta vigencia se mantendrá hasta que un nuevo acto administrativo incorpore de forma permanente el sistema de agendamiento de citas a través del módulo INSIDE del RNDC.
De esta forma, se garantiza que los operadores puedan continuar con su labor tradicional sin necesidad de modificar su objeto social ni las características específicas reconocidas por la Ley 1ª de 1991, y que el registro de viaje se realice conforme a las particularidades del sector portuario.
Base legal y marco normativo
La resolución se fundamenta en el artículo 20 de la Ley 336 de 1996, que faculta al Ministerio de Transporte para adoptar medidas especiales en situaciones que lo requieran. También se ampara en el artículo 15, numerales 5 y 7, del Decreto 087 de 2011. Además, la medida se enmarca dentro de los lineamientos del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida” (Ley 2294 de 2023), que enfatiza la importancia de la convergencia regional y la eficiencia en la regulación para el desarrollo territorial y logístico.
Modificaciones y vigencia
Con esta resolución se modifica el artículo tercero de la Resolución 20243040032425 del 17 de julio de 2024, extendiendo la vigencia del permiso especial y transitorio por 18 meses adicionales o hasta que se expida un nuevo acto administrativo que regule de forma definitiva el agendamiento de citas en el RNDC para la operación de porteo.
La resolución entró en vigor desde su publicación en el Diario Oficial y se mantendrá vigente hasta que se publique otra norma que la modifique o revoque.
Impacto potencial
Esta prórroga resulta fundamental para la estabilidad y continuidad de la actividad portuaria en Buenaventura, un nodo logístico estratégico para la economía nacional. Al mantener el permiso especial, se evita la interrupción de operaciones, se protege la generación de empleo y se contribuye a la competitividad y eficiencia de la cadena logística de transporte de carga. Asimismo, se brinda seguridad jurídica a los operadores portuarios mientras se desarrollan las adecuaciones normativas necesarias para la incorporación definitiva del sistema de agendamiento en el RNDC, adaptado a las características específicas del sector portuario marítimo en el distrito.
Con esta medida, el Ministerio de Transporte reafirma su compromiso con el desarrollo sostenible y la modernización del sector portuario en Buenaventura, promoviendo un entorno regulatorio que favorece la eficiencia operativa y la competitividad internacional. De esta manera, se fortalece la posición de Buenaventura como puerto estratégico para el comercio marítimo nacional e internacional, impulsando el crecimiento económico y social de la región.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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