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Proyecto de Ley 319 de 2025 Cámara: Modificación a la Ley Estatutaria 1757 de 2015 sobre Procedimientos en Convocatorias a Plebiscito y Consulta Popular Nacional

Proviene de: Gacetas

7 de noviembre de 2025 12:35:40

Objetivo y Ámbito del Proyecto de Ley

El proyecto tiene como objetivo principal introducir un mecanismo de insistencia en la tramitación de convocatorias a plebiscito o consulta popular nacional cuando el Senado de la República emita un concepto desfavorable. Esta modificación normativa se inscribe en el ámbito político y democrático, orientado a fortalecer la participación ciudadana directa y la interacción entre poderes públicos. Actualmente, el proyecto se encuentra en etapa inicial tras su radicación ante la Cámara de Representantes, pendiente de primer debate y avance en comisiones constitucionales. Los siguientes pasos incluyen su discusión en comisiones permanentes y posterior votación en plenaria.

Contexto y Necesidad de la Propuesta

La iniciativa surge en un contexto marcado por tensiones institucionales entre la Rama Ejecutiva y la Rama Legislativa, especialmente tras la negativa del Senado a una propuesta de consulta popular nacional presentada por el Gobierno nacional en 2025. Este rechazo generó acusaciones de bloqueo institucional y llevó a la convocatoria unilateral de la consulta popular mediante decreto, situación que desencadenó controversias judiciales. La ausencia de un procedimiento claro para insistir en estas convocatorias ha evidenciado un vacío legal que el proyecto busca subsanar, garantizando un equilibrio entre la soberanía representativa ejercida por el Senado y la soberanía directa del pueblo a través de mecanismos participativos.

Principales Disposiciones del Proyecto

Entre las modificaciones más relevantes destacan:
  • Reforma al artículo 32 de la Ley Estatutaria 1757 de 2015 para precisar el procedimiento y plazos mediante los cuales el Senado debe pronunciarse sobre la conveniencia de convocar plebiscitos o consultas populares nacionales.
  • Incorporación de...

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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