Contexto y fundamento legal de la Resolución 03590 de 2025
La presente resolución fue emitida por la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (Aerocivil) el 31 de octubre de 2025 y publicada en el Diario Oficial No. 53.295 el 5 de noviembre de 2025. Se fundamenta principalmente en las facultades conferidas por el artículo 1782 del Código de Comercio, el Decreto 1294 de 2021, y en el cumplimiento de las normas internacionales contenidas en el Convenio sobre Aviación Civil Internacional, suscrito en Chicago en 1944, del cual Colombia es Estado parte.
La actualización responde a la adopción por parte de la OACI de la Enmienda 54 al Anexo 11 del Convenio, referente a los servicios de tránsito aéreo, adoptada en abril de 2025. Esta enmienda introduce definiciones actualizadas y estándares para mejorar la coordinación entre proveedores de servicios meteorológicos y de tránsito aéreo, elementos esenciales para la seguridad y eficiencia de las operaciones aeronáuticas.
Objetivos y destinatarios de la actualización normativa
El reglamento modificado se dirige principalmente a los proveedores de servicios de tránsito aéreo (ATSP), autoridades aeronáuticas, controladores de tránsito aéreo, y demás actores involucrados en la gestión del espacio aéreo nacional. La finalidad primordial es adecuar la regulación nacional a los estándares y recomendaciones de la OACI, garantizando la armonización normativa, la seguridad operacional y una gestión eficiente del tránsito aéreo.
Principales modificaciones y regulaciones contenidas en la Resolución
Entre las modificaciones más destacadas se encuentran:
- Definiciones actualizadas y nuevas: Se elimina la definición de “Aeródromo AFIS” y se modifica la definición de “Dependencia ATC” para incluir centros de control de área, control de aproximación y torres de control. Se adiciona la definición de “Proveedor de servicios meteorológicos” como entidad designada para suministrar información meteorológica para la navegación aérea internacional.
- Procedimientos y manuales obligatorios: El ATSP debe elaborar e implantar un Manual de Dependencia ATS (MADE ATS) aprobado por la Secretaría de Autoridad Aeronáutica (SAA) para cada dependencia, estableciendo procedimientos específicos locales.
- Requisitos operacionales: Se establecen obligaciones para el ATSP en cuanto a la gestión de seguridad operacional, incluyendo el cumplimiento de recomendaciones derivadas de investigaciones de incidentes o accidentes, la disponibilidad de personal competente, y el mantenimiento de competencias y habilidades, especialmente en el manejo del idioma inglés en niveles operacionales requeridos.
- Coordinación interinstitucional: Se regulan los acuerdos y comunicaciones entre proveedores de servicios meteorológicos y de tránsito aéreo, así como entre las distintas dependencias de control, con énfasis en la información meteorológica, aeronotificaciones especiales, y gestión de riesgos asociados a la fatiga del personal ATS.
- Uso de idiomas en comunicaciones ATC: Se establece que las comunicaciones entre dependencias ATC en la Región de Información de Vuelo (FIR) de Colombia serán en español, salvo las comunicaciones con ciertas FIR vecinas donde se utilizará inglés, adecuando el régimen lingüístico a las prácticas internacionales.
- Gestión y transmisión de información meteorológica: Se incorporan disposiciones para la provisión y actualización oportuna de información meteorológica a las diferentes dependencias ATS, en concordancia con los Procedimientos para los Servicios Meteorológicos Aeronáuticos (PANS MET) y estándares internacionales.
- Actualización de la normativa complementaria: Se eliminan o modifican secciones y notas dentro del RAC 211 para reflejar los cambios normativos y garantizar la coherencia del reglamento.
Impacto y vigencia de la Resolución
La Resolución 03590 de 2025 entró en vigor a partir de su publicación en el Diario Oficial y deroga las disposiciones que le sean contrarias. Estas modificaciones actualizan el Reglamento Aeronáutico de Colombia para alinearlo con los estándares internacionales, fortaleciendo la seguridad operacional y la coordinación entre los distintos actores del sector aeronáutico.
Además, se establece que aunque se han modificado varias disposiciones del RAC 211, el resto de las normas que no se alteraron continuarán vigentes en su texto actual, garantizando la estabilidad normativa y una transición ordenada hacia las nuevas disposiciones.
En resumen, esta resolución representa un paso importante para la modernización y armonización de la regulación aeronáutica colombiana, con un enfoque en la seguridad, eficiencia y cumplimiento de las obligaciones internacionales en materia de gestión del tránsito aéreo, contribuyendo así al desarrollo sostenible y seguro del espacio aéreo nacional.