Entidad emisora, número y fecha de la resolución
La Resolución 16615 fue expedida por la Superintendencia de Transporte el 5 de noviembre de 2025 y publicada en el Diario Oficial No. 53.296 el 6 de noviembre de 2025. Esta entidad, encargada de la vigilancia, inspección y control en materia de tránsito, transporte e infraestructura, ejerce competencias constitucionales y legales para supervisar a los prestadores de servicios públicos de transporte y sus actividades conexas.
Tema principal y destinatarios
El tema central de la resolución es la modificación de disposiciones relacionadas con la implementación y supervisión del SARLAFT en el sector transporte. Está dirigida principalmente a todas las empresas sometidas a inspección, control y vigilancia por parte de la Superintendencia de Transporte, es decir, a los prestadores de servicios públicos de transporte, concesiones, puertos e infraestructura relacionados. Este público es relevante debido a su rol en el cumplimiento de normas destinadas a prevenir delitos financieros que afectan la seguridad y economía nacionales.
Objetivo de la resolución
El propósito fundamental de esta resolución es ajustar y aclarar el contenido de la Circular Única de Infraestructura y Transporte para mejorar la aplicación del SARLAFT. Busca unificar criterios sobre quiénes son los sujetos obligados, las obligaciones de reporte de operaciones sospechosas y los plazos para la implementación del sistema, atendiendo a observaciones y solicitudes recibidas durante el proceso de divulgación de la normativa vigente.
Principales decisiones y regulaciones
Entre las modificaciones relevantes destacan:
- Clarificación de sujetos obligados: Se establece que todos los sujetos vigilados por la Superintendencia de Transporte deben diseñar e implementar el SARLAFT conforme a las instrucciones de la entidad.
- Reporte de Operaciones Sospechosas (ROS): Se determina que el reporte debe hacerse a la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF) a través del Sistema de Reporte en Línea (SIREL), siguiendo las indicaciones y anexos técnicos que esta defina. Además, se aclara que la ausencia de operaciones sospechosas también debe ser reportada según periodicidad establecida por la UIAF.
- Plazos para implementación: Se otorga un plazo de ocho meses desde la notificación del requisito habilitante para que las empresas implementen el SARLAFT, con un periodo de transición extendido hasta el 6 de mayo de 2026 para las empresas que ya cuentan con dicho requisito.
Base legal y modificaciones previas
La resolución fundamenta sus disposiciones en el Decreto 2409 de 2018, que regula las funciones y competencias de la Superintendencia de Transporte, y en la Ley 1621 de 2013, que establece las funciones de la UIAF como autoridad competente en materia de prevención del lavado de activos. Además, modifica la Resolución 2328 de 2025, que previamente había establecido lineamientos sobre el SARLAFT, con el fin de aclarar y ajustar su aplicación sin alterar su esencia.
Plazos y vigencia
Se establecen plazos claros para la implementación del SARLAFT, siendo ocho meses posteriores a la notificación para nuevas empresas obligadas, y un periodo de transición hasta el 6 de mayo de 2026 para aquellas ya habilitadas. La resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.
Impacto potencial
Estas modificaciones buscan fortalecer la prevención de actividades ilícitas financieras en el sector transporte mediante una supervisión más precisa y armonizada. La claridad en los sujetos obligados y los procesos de reporte contribuye a una mejor gestión de riesgos, facilitando el cumplimiento normativo y la cooperación con autoridades financieras. A su vez, el plazo ampliado para la implementación otorga un margen razonable para que las empresas ajusten sus sistemas y procesos internos.
Esta resolución representa un avance en la consolidación de un marco normativo sólido que protege la integridad del sector transporte y contribuye a la lucha contra el lavado de activos y la financiación de actividades ilícitas en Colombia. Con esta actualización, se espera que el sector transporte fortalezca sus mecanismos de control y prevención, garantizando un entorno más seguro y transparente para todos los actores involucrados.