Consejo de Estado confirma nulidad de liquidación tributaria en caso de precios de transferencia y rendimientos financieros
Proviene de: Sentencias
7 de noviembre de 2025 10:48:28
Providencia judicial y tribunal competente
La providencia objeto de análisis corresponde a una sentencia de segunda instancia proferida por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta del Consejo de Estado, en Bogotá, D.C., el 31 de octubre de 2025. La decisión confirma la sentencia emitida por el Tribunal Administrativo de Córdoba el 10 de febrero de 2023, en un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho interpuesto por una sociedad contra la DIAN.
Antecedentes fácticos y procesales
La sociedad demandante presentó, el 23 de abril de 2008, su declaración privada del impuesto sobre la renta y complementarios correspondiente al año gravable 2007, en la que reportó ingresos por venta de ferroníquel a un vinculado económico en términos FOB Cartagena. Posteriormente, la DIAN profirió un requerimiento especial mediante el cual propuso modificar dicha declaración adicionando ingresos por operaciones con vinculados económicos, intereses y rendimientos financieros, imponiendo además una sanción por inexactitud.
La liquidación oficial de revisión, expedida el 26 de noviembre de 2010, modificó la declaración privada aumentando la base gravable y el impuesto a cargo, sancionando la inexactitud y estableciendo un saldo a pagar. Esta liquidación fue confirmada en recurso de reconsideración el 26 de diciembre de 2011.
El demandante ejerció acción de nulidad y restablecimiento del derecho solicitando la nulidad de ambos actos administrativos y que se declarara en firme la declaración privada presentada inicialmente. Alegó violaciones a normas del Estatuto Tributario y a principios tributarios, en particular respecto a la correcta aplicación del régimen de precios de transferencia y la valoración adecuada de los ingresos por intereses y rendimientos financieros.
Consideraciones jurídicas de...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.