Tribunal e instancia
La providencia judicial fue emitida por la Sección Segunda, Subsección “D” del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en el marco de un proceso de segunda instancia. La decisión corresponde a un auto que decreta pruebas de oficio para avanzar en el esclarecimiento del litigio.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso judicial se originó a raíz de una demanda presentada contra una Subred Integrada de Servicios de Salud, en la que se discute la existencia de una relación laboral encubierta entre un profesional y varias entidades hospitalarias que hacen parte de dicha subred. El demandante alega que prestó servicios en diferentes hospitales bajo contratos que podrían enmascarar una verdadera relación laboral.
Durante el trámite, se evidenció que la información sobre las actividades desarrolladas simultáneamente por el profesional en los distintos entes hospitalarios es confusa y difusa, lo que dificulta la valoración del caso y la toma de una decisión justa.
Consideraciones y fundamentos jurídicos
El tribunal recordó que, conforme a lo establecido en el artículo 201 de la Ley 2080 de 2021, que reforma el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011), la facultad para decretar pruebas de oficio corresponde a la sala decisoria. Esta prerrogativa se encuentra además respaldada por el artículo 125 de la misma ley, modificado por la Ley 2080, y el artículo 213 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), que establecen que el juez o magistrado ponente puede ordenar la práctica de pruebas de oficio para el esclarecimiento de la verdad.
El tribunal enfatizó que esta facultad ha sido avalada por la jurisprudencia del Consejo de Estado y la Corte Constitucional. En particular, se recordó que el juez administrativo debe ejercer una actividad probatoria activa y cualificada para garantizar decisiones justas. La Corte Constitucional ha señalado que, aunque la carga probatoria recae en principio en las partes, dicha carga no es absoluta y puede redistribuirse para asegurar un proceso equitativo y el adecuado esclarecimiento de los hechos.
Órdenes concretas del auto
En ejercicio de esta facultad, el tribunal ordenó a los gerentes de las entidades hospitalarias involucradas – la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur E.S.E., una fundación especializada y una clínica privada – que en un término improrrogable de cinco días remitan certificaciones detalladas sobre:
- Las fechas de inicio y finalización de los contratos celebrados con el profesional.
- El objeto contractual de cada contrato.
- Las horas laboradas por semana, junto con el agendamiento de los turnos en que se prestaron los servicios durante el periodo comprendido entre febrero de 2019 y abril de 2022.
Además, se estableció que, en caso de incumplimiento, los destinatarios deberán explicar por escrito las razones y podrían enfrentarse a sanciones conforme al Código General del Proceso.
Posteriormente, las pruebas recabadas serán puestas en conocimiento de las partes para que puedan presentar observaciones dentro de los tres días siguientes, y luego se abrirá un término común de diez días para que presenten sus alegatos de conclusión.
Importancia de la decisión
Este auto resalta la relevancia del uso de las facultades oficiosas del juez en el proceso administrativo para garantizar un análisis completo y riguroso de los hechos. La medida busca superar la dificultad probatoria derivada de la información difusa y asegurar que el tribunal cuente con los elementos necesarios para resolver con fundamento la controversia sobre la relación laboral encubierta.
De esta forma, se reafirma la función del juez administrativo como garante del derecho sustancial y del debido proceso, promoviendo la transparencia y la justicia en la administración pública. Con esta determinación, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca demuestra su compromiso con la tutela efectiva de los derechos laborales y la correcta aplicación del derecho administrativo, sentando un precedente importante en el manejo de casos similares en el futuro.