Logo Avance JurÍdico S.A.S

El periódico legal que te mantiene un paso adelante.

Créditos

CONTACTO

asistentecomercial@redjurista.com

Cel: +57 311 501 67 64, +57 321 775 03 85

Dirección: Carrera 6N° 26B - 85 Piso 9

Ciudad: Bogotá D.C

Representante: Carlos Eduardo Borrero González

ISSN: 3114-9065

NUESTRO ECOSISTEMA

  • Avance Jurídico Casa Editorial
  • RedJurista
  • JurIA

© 2026, Avance Jurídico ● Términos de uso ● Política de privacidad

Logo XLogo instagramLogo InLogo WhatsappLogo TikTok
x
Tamaño de Fuente
Fondo
  • Temas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Abrir menú de filtros

Filtros

  • Temas
  • Grupos de personas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Cargando...

Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordena traslado de recurso de queja en proceso contra Colpensiones

Proviene de: Sentencias

7 de noviembre de 2025 11:6:35

Contexto y tribunal competente

La providencia emanó de la Sección Segunda – Subsección “C” del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, instancia encargada de conocer asuntos administrativos en segunda instancia. El proceso se tramita bajo el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, promovido por la entidad estatal encargada de la administración pensional frente a una demandada.

Antecedentes procesales

En este caso, la entidad demandante interpuso un recurso de queja conforme al artículo 245 de la Ley 1437 de 2011, modificado por el artículo 65 de la Ley 2080 de 2021. Esta norma establece que dicho recurso debe tramitarse aplicando lo previsto en el artículo 353 del Código General del Proceso. El recurso de queja se presenta en subsidio del recurso de reposición contra autos que deniegan la apelación o la casación, salvo excepciones específicas contempladas en la norma.

Consideraciones jurídicas de la providencia

El tribunal recordó que tras la interposición del recurso de queja, el juez debe ordenar la reproducción de las piezas procesales necesarias para su trámite, siguiendo el procedimiento previsto para la apelación. Posteriormente, las copias deben remitirse al superior jerárquico, quien puede solicitar la remisión de otras partes del expediente. Además, el escrito del recurso debe permanecer en la secretaría judicial durante tres días, periodo en el cual la contraparte puede presentar observaciones o manifestarse al respecto. Una vez surtido este trámite, el tribunal decidirá sobre el recurso. En este sentido, el auto emitido ordena mantener el expediente en la secretaría por tres días para que las partes puedan manifestar lo que consideren pertinente. Luego, el...

Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.

Ver planes disponibles

Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

Más noticias sobre Derecho Administrativo

No se encontraron sugerencias