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Tribunal Administrativo de Cundinamarca niega aclaración a sentencia sobre responsabilidad por desvinculación en cargos de descongestión

Proviene de: Sentencias

7 de noviembre de 2025 11:13:50

Contexto y tribunal

La providencia fue proferida por la Subsección B de la Sección Tercera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en segunda instancia, dentro del medio de control de repetición instaurado por la Rama Judicial contra una funcionaria nominadora de un despacho judicial. La solicitud de aclaración fue presentada frente a la sentencia del 26 de marzo de 2025, que modificó la decisión de primera instancia del Juzgado 32 Administrativo de Bogotá, con sentencia del 5 de agosto de 2024.

Antecedentes fácticos y procesales

El caso se originó en la desvinculación de un empleado vinculado mediante una medida temporal de descongestión judicial. Este empleado fue separado verbalmente del cargo sin que se expidiera un acto administrativo expreso, escrito y motivado, generando la demanda por nulidad del acto y el consecuente restablecimiento del derecho. La sentencia administrativa laboral declaró la nulidad del acto de desvinculación por falta de formalidad, ordenando su reintegro y el pago de prestaciones. Posteriormente, en el medio de control de repetición, se juzgó la responsabilidad de la funcionaria nominadora por esta desvinculación irregular. La sentencia de segunda instancia calificó la conducta como culpa grave conforme al artículo 6º de la Ley 678 de 2001, que establece la responsabilidad de los servidores públicos por omisión inexcusable en el ejercicio de sus funciones.

Consideraciones de la providencia sobre la solicitud de aclaración

La funcionaria solicitó aclarar tres aspectos principales: el fundamento exacto de la culpa grave, el marco jurídico aplicable a los cargos en descongestión y los límites valorativos entre el fallo laboral y el fallo de repetición. Respecto...

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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