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Tribunal Administrativo de Cundinamarca admite recurso de apelación en proceso sobre contrato realidad

Proviene de: Sentencias

7 de noviembre de 2025 11:34:40

Contexto y antecedentes del caso

El recurso de apelación admitido por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca corresponde a un proceso iniciado ante el Juzgado Sesenta y Siete (67) Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá D.C. En primera instancia, el juzgado emitió sentencia el 22 de agosto de 2025, accediendo parcialmente a las pretensiones planteadas en la demanda relacionada con la controversia sobre la figura del contrato realidad, materia que genera debate en el ámbito laboral y administrativo. Contra dicha sentencia se interpuso oportunamente recurso de apelación por parte de la entidad demandada, la Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente E.S.E.

Procedimiento y fundamentos jurídicos

El auto de admisión del recurso fue emitido por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca el 27 de octubre de 2025, tras el análisis del cumplimiento de los requisitos legales para su procedencia. Esta decisión se fundamenta en el artículo 67 de la Ley 2080 de 2021, el cual modificó el artículo 247 de la Ley 1437 de 2011 – Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA)–, estableciendo un procedimiento detallado para el trámite de recursos de apelación contra sentencias de primera instancia. Entre los aspectos más relevantes de esta reforma normativa se destacan:
  • El recurso de apelación debe interponerse y sustentarse ante la autoridad que dictó la sentencia en un término de diez (10) días siguientes a su notificación.
  • Cuando la sentencia sea condenatoria, total o parcialmente, y se interponga apelación, se podrá citar a audiencia de conciliación previa a la admisión del recurso, siempre que las partes lo soliciten...

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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