Logo Avance JurÍdico S.A.S

El periódico legal que te mantiene un paso adelante.

Créditos

CONTACTO

asistentecomercial@redjurista.com

Cel: +57 311 501 67 64, +57 321 775 03 85

Dirección: Carrera 6N° 26B - 85 Piso 9

Ciudad: Bogotá D.C

Representante: Carlos Eduardo Borrero González

ISSN: 3114-9065

NUESTRO ECOSISTEMA

  • Avance Jurídico Casa Editorial
  • RedJurista
  • JurIA

© 2026, Avance Jurídico ● Términos de uso ● Política de privacidad

Logo XLogo instagramLogo InLogo WhatsappLogo TikTok
x
Tamaño de Fuente
Fondo
  • Temas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Abrir menú de filtros

Filtros

  • Temas
  • Grupos de personas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Cargando...

Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordena subsanación para admisión de demanda en controversia contractual de Ecopetrol S.A.

Proviene de: Sentencias

7 de noviembre de 2025 12:9:38

Contexto del proceso y tribunal competente

La providencia judicial fue emitida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en su Sección Tercera, Subsección “A”, en la ciudad de Bogotá D.C. Se trata de un auto dentro de un medio de control de controversias contractuales previsto en el artículo 141 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA). La demanda fue instaurada por una entidad estatal del sector energético, contra una sociedad privada, con el fin de que se liquide judicialmente un contrato marco y se declare el incumplimiento del mismo.

Antecedentes fácticos y procesales

La entidad demandante solicitó la liquidación judicial del Contrato Marco No. 3034602 y la declaración de incumplimiento contractual por parte de la sociedad demandada. El expediente se encontraba para decidir sobre la admisión de la demanda, etapa en la cual el tribunal debe verificar que la demanda cumpla con los requisitos legales y que las pruebas aportadas sean accesibles para su análisis.

Consideraciones jurídicas de la providencia

Al revisar el expediente, el despacho notó que las pruebas y anexos relacionados en la demanda fueron aportados mediante un enlace electrónico que actualmente se encuentra deshabilitado. Esta situación imposibilita el acceso a los documentos que la parte actora adujo como soporte de sus pretensiones, lo cual afecta el debido trámite y el derecho a la defensa de la parte demandada. En consecuencia, el tribunal ordena a la apoderada de la entidad demandante que, dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación, habilite nuevamente el enlace o allegue los documentos en forma accesible y sin...

Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.

Ver planes disponibles

Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

Más noticias sobre Derecho Administrativo

No se encontraron sugerencias