Tribunal Administrativo de Cundinamarca concede recurso de apelación con efecto suspensivo en proceso contra UGPP
Proviene de: Sentencias
7 de noviembre de 2025 12:16:44
Contexto y tribunal competente
La providencia objeto de análisis fue proferida por la Sección Cuarta, Subsección “B” del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en el marco de un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho. Se trata de un auto judicial que resuelve sobre la admisibilidad y efectos del recurso de apelación presentado por la parte demandada, en contra de una sentencia emitida en primera instancia.
Antecedentes del proceso
El proceso jurídico fue iniciado por una entidad fiduciaria en calidad de defensa jurídica del extinto Departamento Administrativo de Seguridad y su Fondo Rotatorio, contra la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP). La demanda fue parcialmente aceptada en sentencia fechada el 28 de agosto de 2025 y notificada electrónicamente el 2 de septiembre del mismo año.
Posteriormente, el apoderado judicial de la parte demandada interpuso recurso de apelación el 11 de septiembre de 2025, dentro del término legal de diez días contados desde la notificación, conforme a los artículos 150, 243 y 247 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Consideraciones jurídicas de la providencia
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca analizó los requisitos formales y sustanciales para la procedencia del recurso de apelación. Destacó que este recurso debe presentarse personalmente, por escrito y por representante legal o apoderado debidamente constituido, dentro del plazo legal establecido.
Además, se recordó que la apelación contra sentencias de primera instancia es procedente y debe ser sustentada oportunamente, so pena de ser declarada desierta. En este caso, se constató que el recurso fue interpuesto dentro del término legal y cumplió con los requisitos exigidos.
Por lo anterior, el tribunal concedió el recurso de apelación en efecto suspensivo, lo que implica la suspensión temporal de la ejecución de la sentencia apelada hasta que el Consejo de Estado, como tribunal superior, resuelva el recurso.
Finalmente, el auto ordenó remitir el expediente al Consejo de Estado para su conocimiento, y notificó electrónicamente a las partes y al Ministerio Público sobre la decisión adoptada.
Importancia procesal y normativa aplicable
Esta decisión ejemplifica la aplicación rigurosa de las normas procesales contenidas en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, especialmente en materia de recursos. La concesión del efecto suspensivo al recurso de apelación garantiza el derecho a la doble instancia y evita la ejecución inmediata de una sentencia que podría ser modificada o revocada por la autoridad superior.
El auto está firmado electrónicamente por la magistrada sustanciadora de la Sección Cuarta del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, conforme a las disposiciones sobre la autenticidad y conservación de las providencias judiciales establecidas en la legislación vigente.
En síntesis, esta providencia judicial refuerza el respeto a los procedimientos legales en la administración de justicia, asegurando que los recursos interpuestos sean tramitados conforme a derecho y otorgando las garantías procesales pertinentes a las partes involucradas, contribuyendo así a la transparencia y seguridad jurídica en los procesos administrativos.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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