Tribunal Contencioso Administrativo de Cundinamarca modifica mandamiento ejecutivo y ordena digitalización del expediente
Proviene de: Sentencias
7 de noviembre de 2025 12:51:33
Contexto y naturaleza de la decisión
La Sala Segunda - Subsección "B" del Tribunal Contencioso Administrativo de Cundinamarca, en segunda instancia, emitió un auto que modifica el mandamiento ejecutivo de pago librado inicialmente en octubre de 2022. Esta providencia da cumplimiento a una decisión del Consejo de Estado que revocó parcialmente la liquidación de prestaciones sociales, ordenando una nueva valoración del auxilio a las cesantías y de los intereses conforme al artículo 45 del Decreto 1042 de 1978. La resolución también dispone la digitalización del expediente físico para su adecuada administración en el sistema electrónico SAMAI.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso tiene origen en un mandamiento ejecutivo de pago contra una universidad pública, en trámite desde 2019, por concepto de salarios y prestaciones sociales dejados de percibir entre agosto de 1996 y noviembre de 2007, fecha en que la ejecutante accedió a la condición de jubilada. La suma inicial establecida para ejecución fue de $261.232.513,60, incluyendo salarios, cesantías, intereses, primas y otros haberes, a los cuales se adicionaron intereses moratorios e indexación.
Posteriormente, la parte ejecutante interpuso recurso de apelación contra el mandamiento ejecutivo. El Consejo de Estado, en providencia del 7 de abril de 2025, revocó parcialmente la liquidación, ordenando una nueva valoración del auxilio a las cesantías y de los intereses, confirmando lo demás. En cumplimiento de esta orden, la Sala del Tribunal procedió a solicitar concepto técnico al área contable que apoya a la Corporación.
Consideraciones del Tribunal
El área contable remitió un concepto técnico con la nueva liquidación, que ajustó el valor de las cesantías de $24.333.420,00 a $33.805.468,00; los intereses a las cesantías de $2.920.010,40 a $3.923.001,00; y los intereses moratorios de $39.520.107,82 a $41.644.580, incrementando así el total para ejecución a $277.160.055,00, cifra favorable para la parte ejecutante.
El Tribunal, tras analizar el concepto técnico y atendiendo la decisión del superior funcional, acogió la liquidación presentada y modificó el mandamiento ejecutivo en consecuencia, manteniendo lo demás de la providencia inicial. Asimismo, ordenó la digitalización integral del expediente para la gestión y validación de futuras actuaciones procesales a través del sistema de gestión documental electrónica SAMAI.
Órdenes y notificaciones
El auto dispone notificar personalmente a la universidad ejecutada, a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado y al Ministerio Público, conforme a la Ley 2080 de 2021. La parte ejecutante será notificada por estado a través de su apoderado. Se otorgó un plazo de cinco días para que la universidad cancele la suma reconocida en el mandamiento ejecutivo, conforme al artículo 431 del Código de Procedimiento Civil.
Finalmente, la Sala anunció que se pronunciará en etapa procesal posterior sobre la condena en costas y agencias procesales.
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Esta providencia refleja la importancia de la precisión en las liquidaciones de prestaciones sociales y la modernización de la gestión documental en la administración de justicia, mediante la implementación de sistemas electrónicos que garantizan mayor transparencia y eficiencia en los procesos judiciales.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.