Contexto y referencia normativa
El proyecto de decreto, anunciado el 7 de noviembre de 2025 por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, modificaría los artículos 2.19.1. y 2.19.7 del Decreto 1068 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público. Estas modificaciones se enmarcarían en el contexto de la regulación del Fondo Nacional para el Desarrollo de la Infraestructura (FONDES), creado originalmente por el artículo 100 de la Ley 1687 de 2013 y reglamentado posteriormente mediante el Decreto 857 de 2016, que adicionó la Parte 19 al Libro 2 del mencionado decreto.
Tema principal y propósito del proyecto
El propósito principal del proyecto sería modificar la estructura administrativa y operativa del FONDES, con el fin de fortalecer su alineación con las políticas públicas de eficiencia, transparencia y gobernanza en la administración de recursos públicos. Se busca que la administración fiduciaria del fondo pase a ser ejercida por una o varias entidades financieras públicas pertenecientes al Grupo Bicentenario, en lugar de la Financiera de Desarrollo Nacional (FDN), que hasta ahora ha ejercido esta función.
El proyecto atendería la ampliación del objeto del FONDES establecida en el artículo 263 de la Ley 2294 de 2023, que incluye inversiones en reindustrialización, transición energética y capital semilla, sectores estratégicos para el desarrollo económico nacional. Así, el decreto buscaría asegurar una gestión más eficiente y coherente con las prioridades del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026, "Colombia Potencia Mundial de la Vida".
Modificaciones y nuevas disposiciones planteadas
Entre los cambios más relevantes se encontrarían:
- La administración del FONDES sería asumida por entidades financieras públicas del Grupo Bicentenario que cuenten con autorización fiduciaria, designadas directamente mediante resolución del Ministro de Hacienda y Crédito Público en calidad de fideicomitente.
- Se mantendría la naturaleza jurídica del FONDES como patrimonio autónomo, regido por el régimen previsto en la Parte 19 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015, así como por las normas aplicables, el contrato de fiducia mercantil y el reglamento correspondiente.
- El Ministerio de Hacienda y Crédito Público asumiría la función de ordenador del gasto del FONDES, es decir, la disposición de sus recursos, garantizando una separación clara entre la gestión fiduciaria y el manejo presupuestal.
- Las referencias normativas que mencionen a la Financiera de Desarrollo Nacional como administradora del fondo se entenderían aplicables a la nueva entidad administrativa designada, sin necesidad de ajustes adicionales.
Acciones y medidas específicas
El proyecto establecería que la nueva entidad fiduciaria administraría el patrimonio autónomo y sería responsable de la vocería y representación del FONDES en todas las actuaciones administrativas y jurisdiccionales relacionadas con la protección y gestión de sus bienes y derechos. La designación directa del administrador fiduciario sería justificada por razones de conveniencia y oportunidad, en cumplimiento del artículo 1226 del Código de Comercio.
Además, la ordenación del gasto por parte del Ministerio de Hacienda aseguraría que la ejecución de los recursos se encuentre alineada con las prioridades fiscales, económicas y de inversión del Gobierno Nacional, garantizando coherencia entre las decisiones estatales y los usos autorizados del fondo.
Participación de actores clave
Los actores principales involucrados serían:
- El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en calidad de fideicomitente, titular de los recursos y ordenador del gasto del FONDES.
- Las entidades financieras públicas del Grupo Bicentenario con autorización para actuar como fiduciarios, que serían designadas para administrar el fondo.
- La Financiera de Desarrollo Nacional, que actualmente administra el FONDES y cuyo contrato de fiducia mercantil se propone terminar para dar paso a la nueva estructura.
Información adicional y participación ciudadana
En cumplimiento de la Ley 1437 de 2011 y el Decreto Único 1081 de 2015, el proyecto de decreto habría sido publicado en la página web del Ministerio de Hacienda y Crédito Público para garantizar la transparencia del proceso. Esto permitiría a la ciudadanía y a grupos de interés acceder al texto completo y presentar observaciones o comentarios dentro de los plazos establecidos por la entidad, fomentando la participación en la elaboración normativa.
Este proyecto de decreto representaría un paso hacia la modernización y racionalización de la administración del FONDES, buscando optimizar la gestión de recursos públicos destinados a proyectos estratégicos para Colombia. No obstante, es importante aclarar que el decreto no estaría vigente hasta que se complete su trámite legal y se publique oficialmente. La implementación de estos cambios dependerá de la aprobación definitiva y la adecuada coordinación entre las entidades involucradas para asegurar una transición efectiva y el cumplimiento de los objetivos planteados.