Contexto y referencia normativa
El proyecto de decreto, anunciado en noviembre de 2025 por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, propondría modificar el Decreto 1881 de 2021, el cual adoptó el Arancel de Aduanas vigente desde el 1º de enero de 2022. La medida atendería la recomendación del Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior, órgano asesor conforme al Decreto 3303 de 2006, que en su sesión 385 del 7 de noviembre de 2025 plantearía la necesidad de implementar ajustes arancelarios para ciertos productos importados del sector siderúrgico.
Propósito y grupos afectados
El propósito principal del proyecto sería establecer un incremento unificado en los gravámenes para las subpartidas arancelarias específicas de productos siderúrgicos, con el fin de contrarrestar la importación de mercancías a precios inferiores a los del mercado nacional. Esta medida estaría orientada a fortalecer la competitividad de la industria siderúrgica colombiana y favorecer la generación de empleo en el sector.
Cambios y medidas específicas propuestas
Entre las modificaciones más relevantes, se encontraría el aumento del gravamen arancelario al 35% para las subpartidas arancelarias relacionadas con productos siderúrgicos tales como:
| Subpartida |
Gravamen % |
Subpartida |
Gravamen % |
Subpartida |
Gravamen % |
| 7214200000 |
35 |
7228700000 |
35 |
7616100000 |
35 |
| 7215501000 |
35 |
7306309900 |
35 |
8305200000 |
35 |
| 7216400000 |
35 |
7313001000 |
35 |
8305900000 |
35 |
| 7217100000 |
35 |
7317000000 |
35 |
|
|
| 7217200000 |
35 |
7326200000 |
35 |
|
|
Esta unificación permitiría establecer criterios técnicos objetivos para la determinación del arancel máximo consolidado en los procesos de importación de estos productos.
Acciones y disposiciones
El proyecto de decreto contemplaría la imposición de estas medidas arancelarias con carácter urgente, amparándose en la excepción prevista en el artículo 2.1.2.1.14 del Decreto 1081 de 2015. De esta forma, se buscaría evitar que las importaciones a precios bajos afecten el desempeño de la industria nacional. Además, se estipularía que el decreto entraría en vigor quince días comunes después de su publicación en el Diario Oficial.
Participación de actores clave
La iniciativa contaría con la recomendación del Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior, entidad encargada de asesorar al Gobierno Nacional en temas relacionados con comercio exterior y aranceles. Asimismo, la implementación y supervisión de las medidas quedarían bajo la responsabilidad del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Información adicional y participación ciudadana
Con el fin de garantizar la participación pública, el proyecto de decreto estaría disponible para comentarios y observaciones por un periodo de cinco días a partir de su publicación. La ciudadanía podría acceder al texto completo y enviar sus aportes a través de los canales oficiales establecidos por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, contribuyendo así al proceso de elaboración normativa.
Este proyecto de decreto se enmarcaría en las facultades constitucionales y legales del Gobierno Nacional para modificar aranceles y regular el régimen aduanero, con base en la Ley 1609 de 2013 y la Decisión 805 de la Comunidad Andina. De implementarse, se espera que estas modificaciones fortalezcan la industria siderúrgica nacional, promuevan el desarrollo económico y contribuyan a la estabilidad del empleo en este sector estratégico para Colombia.