Consejo de Estado admite demanda de nulidad contra diploma expedido por el SENA
Proviene de: Sentencias
21 de noviembre de 2025 16:15:54
Contexto y tribunal competente
La providencia corresponde a un auto interlocutorio proferido por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, máximo tribunal de lo contencioso administrativo en Colombia. La demanda fue presentada por el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), entidad estatal encargada de la formación técnica y tecnológica, y se tramita en la instancia única del Consejo de Estado.
Antecedentes fácticos y procesales
El SENA, a través de su apoderada judicial, interpuso demanda en ejercicio del medio de control de nulidad contra un diploma número 22690227, expedido el 29 de noviembre de 2022, que otorgó el título de Operario en Construcción de Estructuras de Concreto a un ciudadano. La entidad solicitó la nulidad de dicho diploma, alegando que se expidió sin cumplir con los requisitos documentales y formativos indispensables, particularmente en cuanto a la realización de prácticas en la etapa productiva y la ausencia del acta de grado correspondiente.
La demanda cuestiona un acto administrativo de contenido particular y concreto, ya que afecta directamente la situación jurídica del beneficiario del título. En este sentido, el actor demanda sus propios actos administrativos.
Consideraciones jurídicas de la providencia
El Consejo de Estado recordó que, en general, la acción procedente para impugnar actos administrativos concretos de la administración es la de nulidad y restablecimiento del derecho, conforme al artículo 137 del CPACA. No obstante, el tribunal advirtió que existe una excepción en el numeral 3 del mismo artículo, que permite controvertir actos administrativos particulares mediante el medio de control de nulidad cuando sus efectos nocivos afectan gravemente el orden público, político, económico, social o ecológico.
En el caso bajo análisis, el tribunal consideró procedente esta excepción, dado que la expedición irregular del diploma puede generar un impacto grave en el orden público y social. Esto se fundamenta en que los títulos técnicos y tecnológicos acreditan conocimientos y habilidades que inciden directamente en actividades cotidianas y oficios que afectan la seguridad y el bienestar colectivo. Por lo tanto, si se comprobara la falta de requisitos legales para la expedición del título, un individuo podría ejercer como operario sin la formación adecuada, con las consecuencias que ello implicaría.
El auto interlocutorio admite formalmente la demanda, ordena la notificación a las partes involucradas —incluyendo al director general del SENA, al representante de la Procuraduría Delegada ante la Sección, a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado y al ciudadano titular del diploma— y establece un plazo de treinta días para que contesten la demanda, propongan excepciones y soliciten pruebas. Además, dispone la remisión inmediata de la providencia y los documentos relacionados a las partes notificadas y ordena la publicación del proceso en la página web del Consejo de Estado para conocimiento público.
Conclusión de la admisión
Esta decisión refleja la importancia que otorga el Consejo de Estado al control riguroso de la legalidad en la expedición de títulos técnicos y tecnológicos, especialmente cuando se advierte una posible afectación grave al interés público. La admisión de la demanda da inicio al proceso judicial en el que se evaluará la legalidad del diploma cuestionado, con el fin de garantizar la validez y confiabilidad de los certificados académicos expedidos por entidades estatales de formación. Así, se busca proteger a la sociedad de posibles riesgos derivados de la certificación irregular de competencias profesionales, asegurando que solo quienes cumplan con los requisitos legales y formativos puedan ejercer en sus respectivas áreas.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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