Consejo de Estado declara infundado impedimento de magistrados para resolver caso sobre bonificación judicial
Proviene de: Sentencias
21 de noviembre de 2025 17:20:31
Contexto y competencia del tribunal
El Consejo de Estado, en calidad de máximo tribunal administrativo, conoció el auto dentro de la instancia de medida cautelar en un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho. La causa involucra a un servidor público que solicitó la anulación de un acto administrativo de la Fiscalía General de la Nación, que le negó el reconocimiento de la bonificación judicial como factor salarial pleno.
El Tribunal Administrativo de Risaralda, inicialmente competente para conocer el caso, manifestó impedimento para decidir debido a una posible conexión indirecta con reclamaciones salariales que afectan a sus propios magistrados. Por ello, el expediente fue remitido a la Subsección Segunda - Subsección B del Consejo de Estado para resolver la manifestación de impedimento, conforme a lo establecido en los artículos 125 y 131 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA).
Antecedentes y naturaleza del impedimento
El litigio se originó por la negativa de la Fiscalía General de la Nación a reconocer como salario la bonificación judicial establecida en el Decreto 382 de 2013. Los magistrados del Tribunal Administrativo de Risaralda invocaron impedimento con base en el numeral 1 del artículo 141 del Código General del Proceso (CGP), argumentando que, aunque no perciben la bonificación en cuestión, existe una conexidad indirecta con otras reclamaciones salariales que ellos mismos han planteado, en particular sobre la “prima especial” y su impacto en derechos prestacionales.
Este impedimento se fundamentó en la posible afectación de la imparcialidad judicial, dado que el conflicto involucra aspectos salariales vinculados, aunque no idénticos, al objeto del litigio.
Consideraciones jurídicas y decisión
El Consejo de Estado recordó que el régimen de impedimentos tiene como finalidad garantizar la imparcialidad y transparencia judicial, evitando que cualquier interés directo o indirecto comprometa la independencia del juzgador. Las causales de impedimento están taxativamente previstas en el artículo 130 del CPACA y el artículo 141 del CGP.
El análisis del auto concluyó que la manifestación de impedimento fue genérica y carece de sustento suficiente. No se demostró una situación particular, cierta y actual que vincule directamente a los magistrados con el objeto específico del litigio, puesto que ellos no perciben la bonificación judicial en disputa. Además, el tribunal aclaró que la conexión indirecta alegada con otros conceptos salariales no es una causal válida para apartarse del proceso.
Cabe señalar que, aunque en pronunciamientos anteriores esta Subsección había admitido impedimentos en casos similares, una revisión jurisprudencial reciente llevó a rectificar ese criterio, enfatizando la necesidad de que el interés que genera el impedimento sea actual y efectivo.
Resolución y efectos procesales
En consecuencia, el auto declaró infundado el impedimento planteado por los magistrados del Tribunal Administrativo de Risaralda. Posteriormente, ordenó devolver el expediente a dicho tribunal para que continúe con la tramitación del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho.
La decisión fue adoptada en sesión de la Subsección Segunda - Subsección B y está debidamente registrada en la plataforma electrónica SAMAI, garantizando su autenticidad y conservación conforme a la normativa vigente.
Este pronunciamiento reafirma la rigurosidad con que se aplican las causales de impedimento en la jurisdicción contencioso administrativa, protegiendo la imparcialidad judicial sin obstaculizar innecesariamente el curso normal de los procesos. Así, se busca asegurar que los casos se resuelvan con la debida transparencia y objetividad, fortaleciendo la confianza en el sistema judicial.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
Más noticias sobre Derecho Administrativo
No se encontraron sugerencias
Consejo de Estado declara infundado impedimento de magistrados para resolver caso sobre bonificación judicial