Contexto y competencia del tribunal
El Consejo de Estado, en calidad de máximo tribunal administrativo, conoció el auto dentro de la instancia de medida cautelar en un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho. La causa involucra a un servidor público que solicitó la anulación de un acto administrativo de la Fiscalía General de la Nación, que le negó el reconocimiento de la bonificación judicial como factor salarial pleno. El Tribunal Administrativo de Risaralda, inicialmente competente para conocer el caso, manifestó impedimento para decidir debido a una posible conexión indirecta con reclamaciones salariales que afectan a sus propios magistrados. Por ello, el expediente fue remitido a la Subsección Segunda - Subsección B del Consejo de Estado para resolver la manifestación de impedimento, conforme a lo establecido en los artículos 125 y 131 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA). Antecedentes y naturaleza del impedimento
El litigio se originó por la negativa de la Fiscalía General de la Nación a reconocer como salario la bonificación judicial establecida en el Decreto 382 de 2013. Los magistrados del Tribunal Administrativo de Risaralda invocaron impedimento con base en el numeral 1 del artículo 141 del Código General del Proceso (CGP), argumentando que, aunque no perciben la bonificación en cuestión, existe una conexidad indirecta con otras reclamaciones salariales que ellos mismos han planteado, en particular sobre la “prima especial” y su impacto en derechos prestacionales. Este impedimento se fundamentó en la posible afectación de la imparcialidad judicial, dado que el conflicto involucra aspectos salariales vinculados, aunque no idénticos, al objeto del...Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
Ver planes disponibles