Corte Suprema inadmite recurso de casación sobre prisión domiciliaria a madre cabeza de familia en caso de concierto para delinquir y tráfico de estupefacientes
Proviene de: Sentencias
21 de noviembre de 2025 17:50:47
Tribunal y contexto procesal
La providencia fue emitida por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia en la ciudad de Bogotá, en decisión de inadmisión del recurso de casación interpuesto contra el fallo de la Sala Penal del Tribunal Superior de Armenia, Quindío, fechado el 24 de enero de 2022. El proceso se originó tras la condena emitida por el Juzgado Penal del Circuito Especializado de Armenia el 15 de marzo de 2021, que declaró culpable a la procesada como cómplice en los delitos de concierto para delinquir agravado y tráfico o porte de estupefacientes.
Antecedentes fácticos
La investigación se inició a partir de información proporcionada por una fuente humana sobre la existencia de una organización criminal dedicada al tráfico de drogas en la ciudad de Armenia. Las diligencias incluyeron interceptaciones telefónicas, entrevistas y reconocimientos fotográficos, que permitieron establecer la participación de la procesada, identificada con un alias dentro de la organización, quien cumplía funciones de cobro a vendedores y entrega de estupefacientes a domicilio. La procesada aceptó responsabilidad mediante preacuerdo con la Fiscalía, lo que conllevó a una reducción del 50% en la pena impuesta.
Consideraciones de la Corte Suprema
La Corte evaluó el recurso de casación basado en la supuesta violación indirecta de la ley sustancial por error de hecho por distorsión en la valoración probatoria respecto a la condición de la procesada como madre cabeza de familia. El recurrente argumentó que el Tribunal Superior interpretó erróneamente el informe social del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y declaraciones extraprocesales, que acreditaban la dependencia económica y de cuidado del menor hijo de la procesada.
No obstante, la Sala recordó que la admisión del recurso de casación exige el cumplimiento de requisitos formales y materiales rigurosos, entre ellos la demostración concreta del error de hecho o de derecho, con indicación precisa del medio probatorio supuestamente distorsionado y su incidencia en la decisión. En este caso, la demanda no cumplió con dicha carga, limitándose a cuestionar la negativa de prisión domiciliaria sin evidenciar que el Tribunal hubiera tergiversado o mutilado las pruebas aportadas.
Asimismo, la Corte destacó que el Tribunal Superior valoró adecuadamente las pruebas, reconociendo que la procesada vivía sola con su hijo y era su proveedora, pero negó la prisión domiciliaria ante la ausencia de prueba suficiente sobre la inexistencia de familia extensa que pudiera asumir el cuidado del menor. La Sala enfatizó que la protección de los derechos del niño no implica un derecho automático a la prisión domiciliaria para la madre cabeza de familia, sino que esta medida debe analizarse con base en la realidad fáctica y jurídica del caso concreto.
Finalmente, la Corte inadmitió el recurso por no superar la presunción de legalidad y acierto de las decisiones de instancia, y recordó que el juez de ejecución de penas podrá evaluar la eventual aplicación de la Ley 2292 de 2023 en lo pertinente. Contra esta determinación procede el mecanismo de insistencia previsto en la ley.
Esta decisión reafirma la importancia de la adecuada valoración conjunta de la prueba y los requisitos estrictos para la procedencia del recurso de casación, garantizando el respeto a la doble instancia judicial y el equilibrio entre la protección de derechos fundamentales y el cumplimiento de las penas.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
Más noticias sobre Derecho Penal
No se encontraron sugerencias
Corte Suprema inadmite recurso de casación sobre prisión domiciliaria a madre cabeza de familia en caso de concierto para delinquir y tráfico de estupefacientes