Corte Suprema de Justicia ordena nueva resolución sobre apelación en caso de responsabilidad médica
Proviene de: Sentencias
21 de noviembre de 2025 17:58:39
Providencia dictada por la Corte Suprema en tutela contra decisiones judiciales en segunda instancia
La Corte Suprema de Justicia de Colombia, en Sala de Casación Civil, Agraria y Rural, emitió un auto que concede el auxilio constitucional solicitado por una compañía aseguradora de fianzas en contra de la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín y el Juzgado Quince Civil del Circuito de esa ciudad. La providencia, que se profirió en el marco de un proceso de tutela, ordena dejar sin efectos una decisión previa y resolver nuevamente un recurso de reposición relacionado con un recurso de apelación.
Antecedentes fácticos y procesales
El caso se origina en una demanda por responsabilidad médica promovida contra una entidad promotora de salud, en la que se reclamaba indemnización por perjuicios derivados de una presunta deficiente prestación del servicio médico asistencial tras un accidente de tránsito que causó una pérdida significativa de capacidad laboral. En el curso del proceso, la entidad demandada llamó en garantía a una aseguradora de fianzas, quien participó en el litigio.
Tras la admisión de la demanda, el juzgado de primera instancia profirió sentencia favoreciendo a los demandantes y ordenando el pago de indemnización. Contra esta decisión, la parte demandada y la aseguradora llamada en garantía interpusieron recurso de apelación. Posteriormente, el Tribunal Superior admitió las apelaciones y dispuso los traslados para sustentación, conforme al artículo 12 de la Ley 2213 de 2022.
Sin embargo, en una providencia dictada el 18 de septiembre de 2024, el Tribunal declaró desierto el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, argumentando que no se había sustentado oportunamente ante el juez de segunda instancia, conforme a un cambio jurisprudencial reciente que estableció que la sustentación debe realizarse ante el ad quem y no en primera instancia. El Tribunal corrigió esta decisión el 24 de enero de 2025, extendiendo la declaratoria de deserción también al recurso interpuesto por la aseguradora llamada en garantía.
La aseguradora interpuso recurso de reposición y queja, reclamando que la decisión fue improcedente y que se vulneraron sus derechos al debido proceso y al acceso a la administración de justicia, pues el recurso de apelación había sido sustentado en tiempo y forma conforme a la jurisprudencia vigente en el momento de su interposición.
Consideraciones jurídicas de la Corte Suprema
La Corte Suprema encontró que el Tribunal Superior incurrió en un defecto procedimental al declarar desierto el recurso de apelación sin evaluar correctamente la oportunidad y forma de sustentación conforme a la normativa aplicable y la jurisprudencia vigente. La Sala resaltó que el auto del 24 de enero de 2025 no constituyó una mera corrección, sino una adición sustancial que afectó el derecho de defensa de la aseguradora, generando el derecho al recurso contra esa decisión.
Asimismo, el alto tribunal recordó que el cambio jurisprudencial sobre la oportunidad para la sustentación del recurso de apelación (CSJ, STC9311-2024) opera de manera retrospectiva, aplicable a los procesos en curso, protegiendo así los principios de seguridad jurídica y confianza legítima.
Finalmente, la Corte ordenó dejar sin efecto la providencia del 12 de marzo de 2025 y todas las que de ella dependan, y dispuso que el Tribunal Superior de Medellín resuelva nuevamente el recurso de reposición interpuesto por la aseguradora en relación con el recurso de apelación, atendiendo las consideraciones expuestas y garantizando una adecuada motivación conforme al debido proceso.
Implicaciones del fallo
Esta decisión destaca la importancia de que los órganos judiciales observen escrupulosamente los requisitos procesales y respeten las reglas relativas a la sustentación de recursos en segunda instancia, especialmente en procesos regulados por la Ley 2213 de 2022. También subraya el respeto a la seguridad jurídica y a la confianza legítima de las partes, al aplicar de manera adecuada los precedentes jurisprudenciales y las normas procesales vigentes.
La providencia reitera la obligación del juzgador de motivar sus decisiones en forma clara y completa, y confirma que la deserción de un recurso debe ser declarada solo cuando efectivamente se incumplan los requisitos legales y procesales, sin que ello afecte indebidamente el derecho de defensa.
Esta sentencia constituye un referente relevante para la práctica procesal en materia civil y de responsabilidad médica, así como para la administración de justicia en Colombia, en especial en lo relacionado con la correcta tramitación y valoración de recursos de apelación en segunda instancia. De esta manera, se fortalece el respeto por los principios procesales y se garantiza un proceso justo para todas las partes involucradas.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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