Consejo de Estado admite demanda contra expedición de título técnico en Seguridad Ocupacional por el SENA
Consejo de Estado admite demanda contra expedición de título técnico en Seguridad Ocupacional por el SENA
Proviene de: Sentencias
24 de noviembre de 2025 12:26:30
Providencia emitida por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado
La providencia judicial analizada corresponde a un auto interlocutorio emitido por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en instancia de conocimiento de un medio de control de nulidad. En este caso, el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) interpuso la demanda con el objetivo de obtener la nulidad, previa suspensión provisional, del Acta de Grado y del diploma expedidos por la misma entidad educativa en diciembre de 2022, mediante los cuales se otorgó un título técnico en Seguridad Ocupacional.
Antecedentes fácticos y procesales
El SENA, en ejercicio del medio de control de nulidad previsto en el artículo 137 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), demandó sus propios actos administrativos al cuestionar la legalidad del otorgamiento del título. La demanda sostiene que, tras investigaciones internas, se constató que los documentos y requisitos formativos, especialmente en lo relacionado con las prácticas de la etapa productiva, no se cumplieron adecuadamente para la expedición del título.
El Consejo de Estado recordó que, en general, para pretensiones de lesividad contra actos administrativos concretos, el medio de control adecuado es la nulidad y restablecimiento del derecho. Sin embargo, en el presente caso, se aplicó la excepción del numeral 3 del artículo 137 del CPACA, que permite controvertir actos administrativos particulares mediante el medio de control de nulidad cuando sus efectos nocivos afectan gravemente el orden público, político, económico, social o ecológico.
Consideraciones jurídicas y razones de la decisión
El Despacho consideró que la expedición de un título técnico sin el cumplimiento de los requisitos legales podría generar un impacto grave en el orden público y social, dado que certifica conocimientos y habilidades en áreas de incidencia directa en la vida cotidiana. La posible situación de que un ciudadano ejerza como técnico en Seguridad Ocupacional sin la formación adecuada implica riesgos evidentes para la sociedad.
Por lo anterior, se resolvió admitir la demanda, ajustándose a las formalidades previstas en los artículos 162 a 166 del CPACA. Se dispuso notificar personalmente al director general del SENA, al procurador delegado ante la Sección Primera del Consejo de Estado, a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, al interesado con interés directo en el proceso, y a la parte actora. Además, se otorgó un término de treinta días para que las partes respondan la demanda, propongan excepciones y soliciten pruebas.
El auto interlocutorio también ordena informar a la comunidad sobre la existencia del proceso a través del sitio web del Consejo de Estado, garantizando la transparencia del procedimiento.
Implicaciones del auto interlocutorio
Este auto interlocutorio representa una actuación judicial relevante en el control de legalidad sobre actos administrativos de entidades educativas y su impacto en la certificación profesional. Al admitir la demanda, el Consejo de Estado abre la puerta para revisar en profundidad la validez de la expedición de títulos técnicos que puedan afectar derechos colectivos y el orden público.
Se destaca la aplicación de la excepción prevista en el artículo 137 del CPACA, que permite una mayor protección del interés general en casos donde los actos administrativos, aunque particulares, tengan efectos nocivos graves para la sociedad.
Este proceso continúa su trámite con la oportunidad para que las partes involucradas presenten sus argumentos y pruebas, lo que permitirá una valoración jurídica completa y objetiva del caso. De esta manera, se busca garantizar que la expedición de títulos técnicos cumpla con los estándares legales y formativos necesarios para proteger tanto a los profesionales certificados como a la sociedad en general.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.