Consejo de Estado admite demanda de nulidad contra otorgamiento de título técnico por el SENA
Consejo de Estado admite demanda de nulidad contra otorgamiento de título técnico por el SENA
Proviene de: Sentencias
24 de noviembre de 2025 12:29:28
Contexto y tribunal competente
El auto interlocutorio fue emitido por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, máxima jurisdicción en materias administrativas en Colombia. La providencia corresponde a la admisión de un medio de control de nulidad instaurado por el SENA en ejercicio de sus potestades para revisar sus propios actos administrativos.
Antecedentes fácticos y procesales
El Servicio Nacional de Aprendizaje, a través de apoderada judicial, presentó demanda contra el acta de grado y diploma que le otorgaron a una persona el título de “Técnico en Cocina”. La controversia surge tras investigaciones internas que habrían demostrado que el título fue expedido sin cumplir con todos los requisitos documentales y formativos exigidos, especialmente en lo relativo a las prácticas de la etapa productiva. La preocupación principal radica en que la expedición de un título sin los requisitos legales podría afectar gravemente el orden público y la seguridad social, dado que la certificación acredita conocimientos y habilidades que impactan diversas actividades cotidianas.
Consideraciones jurídicas de la providencia
La Sección Primera analizó la naturaleza de la acción interpuesta y recordó que, usualmente, cuando la administración busca anular un acto propio que considera ilegal, el medio idóneo es la acción de nulidad y restablecimiento del derecho. Sin embargo, en este caso, aplicó la excepción prevista en el numeral 3 del artículo 137 del CPACA. Esta excepción permite controvertir actos administrativos de contenido particular cuando sus efectos nocivos afectan gravemente el orden público, político, económico, social o ecológico.
El Consejo de Estado destacó que la expedición de títulos técnicos sin el cumplimiento de requisitos puede generar un impacto social serio, pues personas no acreditadas podrían ejercer oficios que requieren formación específica, poniendo en riesgo la confianza pública y la seguridad en dichas actividades.
Por ello, el tribunal decidió admitir la demanda bajo la modalidad del medio de control de nulidad, lo que implica que el proceso seguirá su curso con la evaluación de los argumentos y pruebas que aporten las partes involucradas.
Medidas procesales y notificaciones
En el auto interlocutorio se ordenó notificar personalmente al director general del SENA, al procurador delegado ante la Sección Primera del Consejo de Estado, a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado y a la persona titular del título cuestionado, quien es considerada como tercero con interés directo en el proceso. Además, se estableció el traslado a la parte demandada para que en un plazo de treinta días conteste la demanda, proponga excepciones y aporte pruebas, incluyendo los antecedentes administrativos de los actos objeto de la demanda.
Finalmente, se dispuso informar a la comunidad sobre la existencia del proceso a través del sitio web oficial del Consejo de Estado, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 171 del CPACA.
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Esta providencia resalta la importancia del control administrativo riguroso sobre la expedición de títulos profesionales y técnicos, así como la función del Consejo de Estado en la protección del orden público y social frente a posibles irregularidades administrativas. El proceso continuará con la evaluación detallada de los elementos presentados por las partes, garantizando el derecho a la defensa y el debido proceso, en busca de preservar la legalidad y la confianza en los procesos de certificación académica en Colombia.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.