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Consejo de Estado confirma legalidad de liquidación oficial de revisión tributaria y sanción por inexactitud en segunda instancia

Proviene de: Sentencias

28 de noviembre de 2025 15:22:7

Tribunal y naturaleza de la providencia

La providencia es una sentencia de segunda instancia proferida por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta del Consejo de Estado, en revisión de una apelación contra la sentencia del Tribunal Administrativo de Boyacá, Sala de Decisión Cuarta, emitida el 10 de julio de 2024.

Antecedentes fácticos y procesales

El proceso se originó a partir de la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios del año gravable 2014 presentada por un contribuyente ante la DIAN, quien inicialmente liquidó un saldo a favor. Posteriormente, la DIAN practicó un requerimiento especial y una inspección tributaria que derivaron en la expedición de una liquidación oficial de revisión, adicionando activos fijos, ingresos brutos operacionales y rentas gravables por activos omitidos, además de rechazar parcialmente costos y gastos operacionales y aplicar una sanción por inexactitud. El contribuyente interpuso recurso de reconsideración que fue resuelto parcialmente a favor reduciendo algunas adiciones. Luego, ejerció el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho solicitando la nulidad de los actos administrativos y el restablecimiento de la declaración original. La demanda fue rechazada en primera instancia y el contribuyente apeló dicha decisión.

Consideraciones principales de la sentencia

La Sala de segunda instancia confirmó la sentencia del Tribunal señalando lo siguiente:
  • Práctica de la inspección tributaria: Se estableció que la inspección pudo extenderse más allá del término de suspensión de tres meses que establece el artículo 706 del Estatuto Tributario, siempre que no exceda el término de firmeza de la declaración. La inspección fue considerada válida y no requirió ser...

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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