Entidad emisora, número y fecha
La Directiva MAUT -5.0-22-035 fue expedida por la Secretaría de Autoridad Aeronáutica (SAA) de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (Aerocivil) el 24 de octubre de 2025, y fue publicada en el Diario Oficial No. 53.318 el 28 de noviembre de 2025. Esta norma de carácter vinculante deroga todas las directivas anteriores que sean contrarias a su contenido.
Tema principal y destinatarios
La directiva regula los requisitos para la construcción y ampliación de aeródromos, aeropuertos y helipuertos, públicos y privados, en Colombia. Está dirigida principalmente a personas naturales o jurídicas que pretendan tramitar permisos ante la Aerocivil, así como a las áreas internas responsables de la evaluación y supervisión, como la Dirección de Autoridad a los Servicios Aeroportuarios (DAGA) y la Dirección de Autoridad a los Servicios a la Navegación Aérea (DASNA). Estos destinatarios son clave para garantizar que los permisos se otorguen conforme a criterios técnicos y legales que aseguren la seguridad operacional.
Objetivo de la directiva
El propósito central es dar claridad y orientación sobre los documentos y procedimientos necesarios para obtener permisos de construcción y ampliación, conforme a lo establecido en el RAC 14, Sección 14.2.2.3. Esto permite que la Aerocivil estructure procedimientos claros y garantice el cumplimiento normativo y la seguridad en las operaciones aéreas, en un contexto de crecimiento sostenido del transporte aéreo en Colombia.
Principales instrucciones y lineamientos
La directiva detalla exhaustivamente los requisitos documentales y técnicos que deben presentar los interesados para obtener los permisos según el tipo y alcance del proyecto. Entre los documentos requeridos figuran:
- Informe detallado del proyecto con especificaciones técnicas y justificativas.
- Certificados legales como Certificado de Tradición y Libertad y Certificado de Existencia y Representación Legal, expedidos recientemente.
- Planos georreferenciados y topográficos ajustados a normas nacionales e internacionales.
- Estudios climatológicos y de viento, y análisis operacional cuando el proyecto afecte los Servicios a la Navegación Aérea (ANS).
- Permisos de alturas para edificaciones relevantes como torres de control y estaciones de servicio.
- Documentos específicos según el tipo de infraestructura: aeródromos terrestres, helipuertos, hidropuertos y vertipuertos (estos últimos reservados).
Además, se establecen paquetes documentales específicos para cada tipo de proyecto (construcción o ampliación) y para las diferentes infraestructuras aeroportuarias, facilitando así el proceso administrativo.
Base legal y regulaciones relacionadas
La directiva se fundamenta en el Decreto número 1294 de 2021, que confiere a la Secretaría de Autoridad Aeronáutica la facultad de expedir directivas vinculantes para supervisar la seguridad operacional. Complementa y detalla lo dispuesto en el Reglamento Aeronáutico Colombiano (RAC) 14 y otras normas asociadas al diseño, operación y seguridad de aeródromos y servicios aéreos (RAC 154, 155, 177, entre otros). Además, se apoya en múltiples anexos y manuales de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), garantizando armonización con estándares internacionales.
Impacto potencial
La implementación de esta directiva promueve la formalización y estandarización de los trámites para permisos de construcción y ampliación aeroportuaria, fortaleciendo la seguridad aérea y la calidad de la infraestructura. Facilita a los operadores y a la ciudadanía la comprensión de los requisitos legales y técnicos, contribuyendo a un desarrollo ordenado del sector aeroportuario colombiano. También permite a la Aerocivil ejercer un control más riguroso sobre los proyectos, asegurando que cumplan con las normativas vigentes y las mejores prácticas internacionales.
Plazos y vigencia
La directiva entra en vigor a partir de su publicación en el Diario Oficial y establece que todos los procedimientos de permisos deberán cumplir con los requisitos señalados en los plazos y términos que allí se estipulan. Se exhorta a los interesados a consultar los trámites oficiales disponibles en las plataformas web de la Aerocivil para el cumplimiento cabal de las disposiciones.
Conclusión
Con esta directiva, la Aerocivil fortalece la regulación y supervisión de la infraestructura aeroportuaria, asegurando que la construcción y ampliación de aeródromos en Colombia se realice bajo parámetros técnicos y legales claros, coherentes y actualizados, en línea con la seguridad operacional y la normativa internacional. Esto contribuirá al desarrollo sostenible del transporte aéreo en el país, garantizando la confianza de los usuarios y operadores en la calidad y seguridad de las instalaciones aeroportuarias.